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La fibromialgia no es por sí misma una enfermedad discapacitante

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado en todos sus aspectos la sentencia del Juzgado de lo Social número 5 de la capital grancanaria que, en junio de 2023, reconoció únicamente una discapacidad del 19% a una funcionaria del gobierno de Canarias.

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Esta funcionaria acudió a la Justicia alegando, entre otras dolencias, que estaba impedida para trabajar por padecer fibromialgia y reclamaba el reconocimiento de un porcentaje de discapacidad entre el 65 y el 75% por fibromialgia y síndromes de fatiga crónica y sensibilidad química.

Rechazo de la incapacidad laboral

La Sala ha confirmado este fallo y ha rechazado la petición de la actora para que se le reconociera su incapacidad laboral, teniendo en cuenta que la jurisprudencia establece que la fibromialgia “por sí misma” no es “susceptible de encaje entre las enfermedades discapacitantes que se fijan en el baremo de aplicación, sino que ha de valorarse en el capítulo que corresponda en función de la repercusión física y/o psíquica que produzca”. El Tribunal ha tenido en cuenta especialmente el informe “imparcial” dictado por la médico forense que reconoció a la demandante a instancias de la autoridad judicial, que dictaminó que la mujer se movía “sin ayuda de terceros” y no precisaba “ayuda ni para levantarse ni para sentarse”, sin evidenciar “edema en las articulaciones”.

La pericial forense concluyó que la informada tenía fibromialgia “de grado moderado”, síndrome de fatiga crónica de la misma intensidad, sensibilización química múltiple “de grado severo” y “trastorno adaptativo mixto ansioso-depresivo”. La sentencia recuerda que el legislador no incluyó en el vigente baremo para determinar las incapacidades ni la fibromialgia, ni los síndromes de fatiga crónica ni de sensibilidad química, y apunta que, si bien es cierto que las dolencias citadas “se presentan mayoritariamente en las personas del sexo femenino”, dicha circunstancia “difícilmente nos puede llevar a solución diferente a la que estamos dando desestimando el recurso, pues nuestra obligación de juzgar con perspectiva de género no ampara interpretaciones contrarias a la ley.

La legislación no las incluye en el baremo de incapacidades

Este fallo judicial pone de manifiesto la complejidad y las controversias que rodean el reconocimiento de la discapacidad en enfermedades como la fibromialgia, el síndrome de fatiga crónica y la sensibilidad química múltiple. A pesar de que estas condiciones afectan predominantemente a mujeres, la legislación vigente no las incluye explícitamente en el baremo de incapacidades, lo que genera debates sobre la necesidad de una actualización normativa que contemple estas dolencias con mayor precisión y sensibilidad.

  • La fibromialgia, caracterizada por dolor crónico y generalizado, junto con otros síntomas como fatiga y problemas de sueño, ha sido objeto de numerosos estudios y discusiones en la comunidad médica y científica. Sin embargo, debe evaluarse en función de su impacto individual en cada paciente.
  • El síndrome de fatiga crónica, otra condición mencionada en el caso, se caracteriza por una fatiga extrema que no mejora con el descanso y que puede empeorar con la actividad física o mental. Al igual que la fibromialgia, su reconocimiento como causa de discapacidad ha sido objeto de debate, y la sentencia del TSJC subraya la necesidad de evaluar cada caso de manera individual.
  • La sensibilidad química múltiple, que implica una reacción adversa a múltiples sustancias químicas presentes en el entorno, también fue mencionada en el fallo judicial, y se debe considerar la severidad de esta condición en cada paciente al determinar su nivel de discapacidad.

 

fibromialgia
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La sentencia del TSJC refleja las complejidades y desafíos en el reconocimiento de la discapacidad en enfermedades como la fibromialgia, el síndrome de fatiga crónica y la sensibilidad química múltiple. A medida que la sociedad y la comunidad médica continúan evolucionando en su comprensión de estas condiciones, es posible que se requieran cambios legislativos para garantizar una evaluación más precisa y justa de la discapacidad en pacientes que padecen estas dolencias.

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