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IVA de Caja para 2023 ante problemas de liquidez e impagos

A causa de la actual situación económica, es posible que en 2023 muchas empresas tengan problemas de liquidez y se produzcan impagos. En ese contexto, optar por el IVA de caja para el próximo año puede ser una buena alternativa.

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Conveniencia del IVA de caja

Impago. Si su empresa realiza una venta, está obligada a declarar el IVA repercutido en la declaración del período de la operación, independientemente de la fecha de vencimiento del plazo de pago y de que haya cobrado o no la suma facturada. Si se produce un impago, más adelante podrá recuperar el IVA repercutido y no cobrado, pero puede tardar muchos meses a hacerlo, debiendo además cumplir diversos requisitos formales y temporales; entre otros:

  • Que haya transcurrido un año desde el devengo y que emita una factura rectificativa y realice el resto de trámites de recuperación en los tres meses siguientes. Si factura hasta 6.010.121, 04 euros, también puede realizar los trámites transcurridos seis meses.
  • Que se haya instado al deudor para que le pague la deuda (mediante reclamación judicial, requerimiento notarial...).

En diciembre. Pues bien, si su empresa factura hasta dos millones de euros (sin incluir el IVA), recuerde que durante este mes de diciembre puede optar por que a partir de 2023 le sea de aplicación el “Régimen especial del criterio de caja”. Dicho régimen le permitirá retrasar el ingreso del IVA repercutido hasta el momento en que cobre sus facturas. Así, su empresa se protegerá frente a posibles impagos: si no cobra alguna de sus facturas, no se verá obligada a “adelantar” el IVA a Hacienda y a tener que esperar seis meses o un año desde que haya realizado la operación para recuperar dicho impuesto (evitando así el coste financiero que supone dicha espera).

Requisitos

Declaración censal. Para optar por el IVA de caja, su empresa deberá presentar una declaración censal durante el mes de diciembre (modelo 036), entendiéndose prorrogada dicha opción en los años siguientes mientras no renuncie a ella.

Ejemplo. El 1 de febrero de 2023 su empresa vende un lote de productos por 100.000 euros más 21.000 euros de IVA, pactando su pago el 15 de marzo. Pues bien:

  • Régimen general. Si su empresa tributa en el régimen general de IVA, cuando presente la declaración de IVA del primer trimestre de 2023 deberá ingresar los 21.000 euros de IVA, aunque no los haya cobrado. Sólo podrá recuperar dicha suma como pronto al presentar la declaración de IVA del tercer trimestre (si realiza los trámites necesarios). En ese caso, para un tipo de interés del 5%, el retraso en la recuperación le habrá supuesto un coste financiero de 525 euros.
  • IVA de caja . En cambio, con el IVA de caja su empresa no deberá declarar los 21.000 euros de IVA mientras no cobre.
IVA de Caja
IVA de Caja

Desventajas del IVA de caja

Efectos sobre los clientes. En cualquier caso, antes de optar por el IVA de caja, tenga en cuenta también dos desventajas que conlleva:

  • En primer lugar, este régimen sólo le permitirá deducirse el IVA a partir del momento en que pague las facturas que reciba.
  • Asimismo, también puede perjudicar a sus clientes,  que tampoco podrán deducirse el IVA soportado hasta que paguen las facturas que su empresa les remita (aunque ello también les incentivará a pagar antes).
El IVA de caja le permitirá ahorrarse el coste financiero de avanzar el IVA no cobrado. No obstante, también impedirá a sus clientes y a su propia empresa deducir el IVA soportado hasta haberlo satisfecho.
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