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Evita sanciones en el envío de publicidad por email

El envío de información comercial a través de canales electrónicos (e-mail, sms...) es muy económico para las empresas. Pero conviene evitar algunos errores que pueden suponer sanciones

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Comunicación comercial

Requisitos.

Si quiere enviar publicidad de sus productos o servicios por vía electrónica (e-mail, sms...), debe cumplir estos requisitos:

  • Debe obtener el consentimiento previo y expreso de cada uno de sus destinatarios. Apunte. Este requisito no es necesario si el destinatario ya es cliente de su empresa y usted le envía publicidad de productos similares a los que le compró anteriormente.
  • Además, debe facilitar a los destinatarios (en el momento de recoger los datos y en cada comunicación comercial que les envíe) un mecanismo gratuito y sencillo para que puedan oponerse a recibir este tipo de correos.

Ejemplo. Usted obtiene direcciones electrónicas de usuarios que se registran en su web, que después utiliza para enviarles publicidad por e-mail. En este caso, incluya en su web una cláusula informando de que los datos se utilizarán para enviar información comercial de sus productos, y añada una casilla no premarcada que el usuario deba marcar para autorizar dicho envío. Asimismo, en cada e-mail comercial que envíe, indique una dirección de correo electrónico (por ejemplo, “baja@xxx.es”) en la que el destinatario pueda manifestar su oposición a seguir recibiendo este tipo de correos publicitarios.

 

¿Qué se considera comunicación comercial?

A estos efectos, se considera “comunicación comercial” cualquier comunicación dirigida a promocionar sus productos y servicios o la imagen de su empresa. Por ejemplo:

Si un fabricante de muebles envía un catálogo de sus productos, u ofrece la compra de un nuevo producto que ha lanzado al mercado, existirá una comunicación comercial.
También se tratará de una comunicación comercial si un hotel envía un e-mail informando a los destinatarios de un evento que se va a celebrar en sus instalaciones.

Aunque no existe una oferta directa de sus servicios, éstos sí se están promocionando, pues se pretende que el destinatario asista a ese evento.

Por tanto, antes de enviar comunicaciones electrónicas de este tipo compruebe si dispone del consentimiento previo y expreso del destinatario (salvo que exista una relación contractual previa que justifique el envío de publicidad relacionada con el producto contratado y se haya informado antes de la posibilidad de utilizar sus datos para enviar publicidad sobre estos productos). El envío ilícito de un solo e-mail se puede sancionar con hasta 30.000 euros (aunque estas sanciones suelen ser de entre 900 y 3.000 euros, y a veces sólo hay un apercibimiento sin sanción). Y si el envío es masivo, la sanción puede ser superior.

sanciones en el envío de publicidad
Sanciones en el envío de publicidad
Incluya en su web una cláusula informando de que los datos se utilizarán para enviar información comercial de sus productos.

Errores Frecuentes

Si envía mensajes comerciales o promocionales a través de WhatsApp, también es necesario que cuente con el consentimiento previo del destinatario y que le ofrezca un mecanismo gratuito y sencillo para que pueda oponerse a recibir este tipo de mensajes.
Algunas webs permiten que, tras efectuar una compra, el usuario cumplimente un formulario bajo el nombre “invitar a un amigo”.

Dado que la acción se realiza desde una plataforma de la empresa, también es preciso contar con el consentimiento del destinatario.
Para enviar comunicaciones comerciales por medios electrónicos (e-mail, sms, WhatsApp...) necesita el consentimiento del destinatario, excepto si ya es cliente de su empresa y le envía publicidad de productos similares a los que ya compró.

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MJ
María José

¿Puedo llamar por teléfono a una empresa para ofrecerle mis servicios? ¿Y si en esa llamada me Dan un email para que les envíe información, se considera esto autorización expresa siendo así legal?