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El permiso por enfermedad de familiares son 5 días hábiles, no 5 días naturales

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha emitido una sentencia en la que establece que los 5 días de permiso por enfermedad, accidente u hospitalización de familiares, según lo establecido en el Real Decreto-ley 5/2023, deben ser considerados como días hábiles en lugar de días naturales.

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Esta sentencia clarifica por primera vez cómo se deben contar los días de este nuevo permiso por enfermedad , así como el permiso por fallecimiento de un familiar, que consiste en dos días y también debe considerarse como días hábiles.

La sentencia de la Audiencia Nacional atiende parcialmente una demanda sindical presentada contra el convenio colectivo del sector de los 'contact-center'. Dicho convenio, firmado antes de la aprobación del Real Decreto-ley 5/2023, consideraba estos días como naturales. Además, la sentencia anula un acuerdo posterior firmado en comisión paritaria por CCOO, UGT y la patronal del sector.

La demanda fue presentada por USO

La demanda fue presentada por USO y posteriormente se sumaron a ella demandas de CCOO, UGT y CGT. La sentencia aclara la interpretación que se debe hacer sobre cómo contar los días de permiso por fallecimiento y el nuevo permiso por cuidado de familiares.

Este último, derivado de la Ley de Familias y posteriormente aprobado por Real Decreto en junio de 2023, se aplica durante un período de cinco días en casos de enfermedad grave, accidente, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que requiera reposo domiciliario. Puede ser solicitado por el cónyuge, la pareja de hecho, parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad (incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho) e incluso por cualquier persona que conviva con el trabajador en el mismo domicilio y que requiera de su cuidado efectivo.

David Sánchez, responsable del sector de 'contact-center' de la Federación de Servicios de USO, ha celebrado esta sentencia, ya que la mayoría de las empresas de este sector interpretaban que el disfrute de los días debía ser en días naturales. Esta sentencia aclara que esa interpretación no es correcta.

María Eugenia Moreno, abogada de USO y autora de la demanda contra el convenio colectivo, destaca la importancia de esta sentencia, ya que aclara la interpretación sobre si los días de permiso deben ser considerados hábiles o naturales. Esta sentencia es extrapolable a todos los sectores y resulta de gran relevancia para los trabajadores.

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