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Desempleo y el cálculo de las rentas de la unidad familiar

¿Por qué es importante el cálculo de las rentas de la unidad familiar a la hora de obtener el desempleo? En una reciente sentencia se resuelve la cuestión sobre si computan los ingresos del marido, separado de hecho, que abona alimentos para solicitante e hijos a la hora de obtener un subsidio de desempleo.

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La sentencia STS 2481/2023 con fecha de 31/05/2023 trata sobre el derecho de una persona demandante de la prestación por desempleo solicitada al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). El SEPE recurrió pero el Juzgado de lo Social número dos de Lugo dictó sentencia favorable a la demandante, ante lo cual el SEPE interpuso un recurso de suplicación para unificar doctrina. Te lo detallamos.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en su sentencia de 13 de marzo de 2020, desestimó el recurso, afirmando que cuando se fija judicialmente una pensión de alimentos que debe abonar el cónyuge separado de hecho al solicitante del subsidio por desempleo, la dependencia económica queda delimitada por la citada pensión de alimentos. Por lo que se declaró el derecho de la demandante al percibo de la prestación por desempleo solicitada, con los efectos económicos inherentes, más los intereses legales correspondientes.

Recurso del SEPE ante la falta de computación de los ingresos del cónyuge separado

El SEPE recurrió esta sentencia en casación para la unificación de doctrina. El recurso se basaba en la falta de computación de los ingresos del cónyuge separado de hecho en el cálculo de las rentas de la unidad familiar, argumentando que la separación de hecho no suspende el deber de contribuir al sostenimiento de los gastos familiares, por lo que deben computarse las rentas de todos los miembros de la unidad familiar.

Para argumentar su recurso, el SEPE presentó como sentencia de contraste la dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en la que se sostiene que deben computarse como ingresos de la unidad familiar los que perciba el cónyuge separado de hecho.

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo examinó si existe la identidad de hechos, fundamentos y pretensiones necesaria para su admisión del recurso. Tras examinarlo, la sala considera que no existe tal identidad, ya que en el caso de la sentencia recurrida, el cónyuge separado de hecho contribuye a la renta de la unidad familiar de la solicitante del subsidio con la cantidad fijada judicialmente ; mientras que en la sentencia de contraste el solicitante del subsidio es quien abona la pensión a su cónyuge separado.

 

Desempleo
Desempleo y unidad familiar

¿Por qué es importante el cálculo de las rentas de la unidad familiar a la hora de acceder a la prestación por desempleo?

Estas rentas son uno de los principales criterios que se tienen en cuenta para determinar si una persona tiene derecho a recibir dicha prestación y, de ser así, en qué cuantía. En concreto, se entiende por unidad familiar en caso de matrimonio, los cónyuges no separados legalmente y, si los hubiera:

  • Los hijos menores, con excepción de los que, con el consentimiento de los padres, vivan independientemente de estos.
  • Los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada. Tras la reforma del Código Civil también se incluyen los hijos mayores de edad con discapacidad sobre los que se haya establecido una curatela representativa por resolución judicial.

En el caso de que no exista matrimonio o en los casos de separación legal :

  • El padre o la madre y la totalidad de los hijos que convivan con uno u otro y reúnan los requisitos señalados anteriormente. (La mayoría de edad se alcanza a los 18 años).
  • La determinación de los miembros de la unidad familiar se realizará atendiendo a la situación existente el día 31 de diciembre de cada año.

En base a estas rentas, se determina el importe de la prestación por desempleo a la que se tiene derecho, que oscilará entre el 70% de la base reguladora de la media de las bases de cotización de los últimos 180 días de trabajo, y el 50% a partir del día 181.

Por lo tanto, el cálculo de las rentas de la unidad familiar es clave a la hora de determinar si una persona tiene derecho a la prestación por desempleo en España y, de ser así, en qué cuantía.

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