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Declaración de un despido nulo, consecuencias y cálculo de la indemnización

Las causas que pueden llevar a la declaración de un despido como nulo incluyen la vulneración de derechos fundamentales, los despidos durante períodos de suspensión del contrato por maternidad, adopción o cuidado de menores, así como aquellos que se realicen en fraude de ley.

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Cuando una sentencia firme considera que el despido ha sido nulo, implica la inmediata readmisión del trabajador, debiendo la empresa abonar los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta que la readmisión tenga lugar. Este proceso no puede ser sustituido por una indemnización, salvo en casos de imposibilidad de readmisión, como el cierre de la empresa.

La readmisión debe ser en las mismas condiciones que regían el contrato antes del despido, y si el puesto de trabajo ha desaparecido, la empresa debe acomodar la estructura organizativa para crear un puesto al que el trabajador tiene derecho.

Un despido puede ser declarado nulo por vulneración de derechos fundamentales en varios supuestos, como cuando se despide a un trabajador por ejercer su derecho a la tutela judicial efectiva, por motivos relacionados con el embarazo o la maternidad, o por haber presentado reclamaciones judiciales contra la empresa.
También se considera nulo si se excluye a un trabajador de listas de contratación tras ejercer sus derechos.

Cuando la nulidad del despido se declaró por acoso laboral, sexual o por razón de sexo o de violencia de género en el trabajo, la víctima del acosoo laviolencia de géneropuede optar por extinguir la relación laboral con el correspondiente abono de la indemnización procedente y de los salarios de tramitación.

Despido nulo de un trabajador durante el período de suspensión del contrato

El despido de trabajadores se considera nulo durante el período de suspensión del contrato por maternidad, adopción, guarda con fines de adopción, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural, o enfermedades relacionadas con el embarazo, parto o lactancia. También es nulo si se notifica en una fecha que finaliza el plazo de preaviso dentro de estos períodos, así como tras la reincorporación al trabajo dentro de los 12 meses posteriores a la finalización de la suspensión.

¿Qué pasa si la empresa alega que la readmisión del trabajador no es posible?

La imposibilidad de readmisión se considera cuando el puesto de trabajo ha desaparecido o la empresa ha cerrado, lo que lleva a la extinción de la relación laboral con derecho a indemnización y salarios de tramitación . Las consecuencias legales incluyen la obligación del empresario de abonar la indemnización correspondiente y los salarios dejados de percibir. Además, puede incluir una indemnización adicional por daños y perjuicios si se acredita la vulneración de derechos fundamentales.

despido nulo
Despido nulo

Indemnización tras un despido declarado nulo

Como hemos visto, en algunos casos, puede establecerse una indemnización por daños morales si se demuestra que el despido vulneró derechos fundamentales del trabajador. La cuantía de esta indemnización no está fijada por una fórmula específica y se determina según el criterio del juez, basándose en la gravedad de la vulneración y los daños sufridos.

En aquellos casos en los que la readmisión del trabajador no es posible, la ley establece que la relación laboral se considera extinguida. En estos casos, el trabajador tiene derecho a recibir una indemnización equivalente a la de un despido improcedente: 33 días de salario por año trabajado o 45 días por año para aquellos periodos trabajados antes del 11-2-2012, con un máximo de 24 mensualidades.

Además, el trabajador también tiene derecho a los salarios de tramitación, que son los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la fecha en que se declara la extinción de la relación laboral. Esta situación puede darse, por ejemplo, si el empresario ha fallecido o si hay otra causa que haga material o legalmente imposible la readmisión.

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