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Comunicación por el empresario de los partes de baja por incapacidad temporal

La comunicación de los partes de baja es una de las obligaciones a las que queda sometido tanto el trabajador en situación de incapacidad temporal (IT), como el empresario. Y es que durante la misma solo queda suspendida la relación laboral, pero no el resto de las obligaciones que vinculan a empresario y empleado.

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El empresario debe cumplimentar y comunicar estos partes al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y el Sistema de Declaración Electrónica de Trabajadores Accidentados (Delt@).

Obligaciones persistentes durante la situación de IT

Las obligaciones de trabajador y empresario durante la situación de IT son de carácter principalmente informativo. El objetivo de las mismas es acortar en la medida de lo posible la situación de baja e impedir el fraude.

Obligaciones del trabajador en Incapacidad Temporal

Durante la situación de IT el trabajador debe someterse al tratamiento y procurar su propia recuperación. Esto incluye abstenerse de realizar tareas incompatibles con su estado, participar en los controles médicos y reincorporarse tan pronto como sea posible.

Además, debe comunicar los partes de baja, confirmación y alta al empresario. Mientras dispone de 3 días para comunicar los primeros, solo tiene 24 horas para comunicar el alta.

Incumplir estos plazos podría dificultar o imposibilitar el cumplimiento de las obligaciones informativas del empresario.

Obligaciones del empresario durante la Incapacidad Temporal

Cuando el trabajador sufre un accidente, el empresario debe notificarlo al INSS y al Sistema Delt@, mediante comunicación de los partes de baja y confirmación.

- La comunicación al INSS debe realizarse en plazo de 3 días hábiles mediante el sistema de Remisión Electrónica de Datos (RED), siempre que el trabajador cause baja por IT.

- Sin embargo, la comunicación al Sistema Delt@ tendrá lugar tanto cuando exista baja como cuando no. En el primer caso, el empresario dispondrá de un plazo de 5 días hábiles desde el accidente. En el segundo caso, el plazo serán los primeros 5 días hábiles desde el mes siguiente al que se produjo.

Esta diferencia encuentra su fundamento en que el Sistema Delt@ tiene finalidades analíticas y estadísticas y, por ello, debe comunicarse el parte de accidente aunque no conlleve baja.

Hay que matizar que las autonomías de Cataluña y País Vasco tienen sistemas alternativos, que igualmente recopilan la información estadística para el Ministerio de Empleo.

comunicación partes de baja
La comunicación de los partes de baja es una obligación empresarial

¿Qué ocurre si el trabajador no comunica los partes?

Los empleados, por su parte, están obligados a entregar a la empresa la copia de los partes médicos de baja y confirmación.

Si no entregan los partes, la empresa estará legitimada para sancionarles, en los términos que establezca el convenio colectivo que le sea aplicable. Vea un par de ejemplos de las sanciones que pueden aplicarse en estos casos:

El convenio de oficinas y despachos considera como falta leve, sancionable con amonestación por escrito o con suspensión de empleo y sueldo de un día: “No cursar dentro de plazo el parte de baja por incapacidad temporal”.

El convenio del sector de la hostelería considera como falta leve, sancionable con amonestación o con suspensión de empleo y sueldo de hasta dos días: “No comunicar a la empresa, con la mayor celeridad posible, el hecho o motivo de la ausencia al trabajo cuando obedezca a razones de IT u otro motivo justificado”.

¿Qué ocurre si el empresario no comunica los partes?

El empresario debe comunicar los partes de baja, confirmación y alta, ya que no hacerlo podría suponer una infracción leve . Por tanto, la intervención de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social puede acarrear una sanción de hasta 625 €.

Hay que tener en cuenta que el responsable de cumplir la obligación de cumplimentación y comunicación de los partes de baja es el empresario. Por tanto será él quien sufrirá la sanción, en su caso.

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JRA
José Romero Abad

como le comunico al trabajador que no me entrega el parte de baja de enfermedad