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Baja por menstruación dolorosa e incapacitante

Desde el 1 de junio se ha establecido una nueva medida para las mujeres que padecen menstruaciones dolorosas e incapacitantes, quienes podrán solicitar una baja laboral que será financiada completamente por el Estado.

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De acuerdo con la Ley, las mujeres deberán ser diagnosticadas previamente por su médico de cabecera con dismenorrea o menstruaciones especialmente dolorosas. Este profesional médico determinará si la mujer está incapacitada para trabajar y especificará la duración de la baja laboral, según lo establecido en la Ley Orgánica 1/2023, que modifica la Ley Orgánica 2/2010 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.

Situación especial de incapacidad temporal

La ley reconoce el derecho a las mujeres que padecen menstruaciones incapacitantes secundarias a una situación especial de incapacidad temporal para conciliar el derecho a la salud con el empleo en los términos establecidos por el texto refundido de la Ley General de Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre. Se establece, además, que se concederá a aquellas mujeres incapacitadas por una patología previamente diagnosticada, como endometriosis, miomas, enfermedad inflamatoria pélvica, adenomiosis, pólipos endometriales, ovarios poliquísticos u otras dificultades en la salida de la sangre menstrual, con síntomas como dispareunia, disuria, infertilidad o sangrados abundantes.

Se cobra también por los tres primeros días de baja

En este sentido, esta nueva medida es importante ya que, según el Estatuto de los Trabajadores, durante los tres primeros días de una baja por enfermedad común el empleado no cobra. Sin embargo, las mujeres que soliciten esta baja por dolores menstruales cobrarán lo mismo que si estuviesen trabajando, y el costo será asumido por el Estado, sin requerir un mínimo cotizado como en otras incapacidades temporales.

Aunque la ley no establece una duración específica para las bajas, se indica que esta durará todo lo que sea necesario, siempre bajo supervisión médica. Actualmente, es poco común que los médicos concedan bajas a mujeres por dolores de menstruación, ya que deben ser invalidantes para que se solicite la baja. En otros países, las bajas por dolores menstruales son una realidad desde hace años, mientras que en España se han implementado ciertas medidas en algunos ayuntamientos como el de Madrid o Sabadell.

 

Baja por menstruación
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