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Activación del lector QR para las facturas verificadas con Hacienda

La Agencia Tributaria (AEAT) ha habilitado el servicio que permite a los clientes de autónomos y empresas verificar facturas utilizando un lector de código QR.

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¿Cuál es la finalidad del QR para el cliente?

El código QR en la factura sirve para que el cliente destinatario pueda cotejar o comprobar si el registro de facturación correspondiente se encuentra en poder de la AEAT. Esto permite que tanto la Agencia Tributaria como los ciudadanos puedan verificar la autenticidad de las facturas en tiempo real, facilitando la detección de irregularidades y ayudando a detectar si el emisor está cometiendo fraude fiscal o repercutiendo un IVA que no declara. El cliente puede así comprobar si el emisor ha cumplido con sus obligaciones tributarias y ha remitido sus facturas a Hacienda.

¿Cómo utiliza el cliente el lector QR?

El servicio de cotejo del QR se puede realizar desde cualquier dispositivo que disponga de una cámara y tenga acceso al reconocimiento del QR para obtener la URL y conexión a la web. El uso de la APP de la AEAT es aconsejado, aunque no imprescindible. La APP de la AEAT ofrece una garantía de que el QR leído no sea irregular.

Al ser escaneado con un dispositivo inteligente, el código QR dirige al usuario a contenidos digitales específicos que corresponden con los datos de la factura y su veracidad ante Hacienda . A través de este código, el cliente destinatario de la factura puede remitir la información de la factura a la Administración Tributaria. Al pasar el lector, todos los datos de la operación se remiten automáticamente a la Agencia Tributaria, lo que sirve para aumentar el control fiscal.

Respuesta que recibe el cliente de la AEAT

La respuesta que recibirá el cliente (receptor de la factura) dependerá de si la factura se emitió a través de un sistema VERI*FACTU o no.

  • Si la factura fue generada a través de un sistema VERI*FACTU : La AEAT procederá a cotejar la información recibida con los registros de facturación remitidos por el expedidor de la factura. Las respuestas pueden ser:
    • "Factura encontrada" : Indica que la AEAT tiene constancia de una factura con idénticas características a la remitida.
    • "Factura no encontrada" : Indica que en la AEAT no consta ninguna factura con las características remitidas, o que la factura se encuentra en estado anulada.
  • Si la factura fue generada a través de un sistema de emisión de facturas no verificables (NO VERI*FACTU) : La AEAT no puede realizar un cotejo con los registros de facturación porque estos no han sido enviados previamente por el expedidor. En este caso, el mensaje de respuesta es "Factura no verificable" . Esto significa que la factura fue expedida por un sistema informático que no envía información a la AEAT y, por lo tanto, no se puede verificar.

 

QR para las facturas
QR para las facturas

Obligatoriedad de las facturas verificadas con Hacienda

La Agencia Tributaria ya ha habilitado el lector de códigos QR para los clientes. Actualmente, cualquier cliente con un móvil puede leer estos códigos si están ya incluidos en la factura. La obligatoriedad de incluir el QR es la siguiente:

  • A partir del 1 de enero de 2026 para empresas con facturación inferior a 6 millones de euros.
  • Resto de obligados (autónomos, etc.): 1 de julio de 2026

Esta obligación se aplica a quienes utilicen sistemas informáticos de facturación adaptados a la nueva normativa, no a todas las facturas en general.

Esta medida, al dar máxima visibilidad al QR y normalizar su ubicación, favorece su uso por parte del cliente y contribuye a la concienciación, colaboración ciudadana y transparencia en el cumplimiento fiscal de quien expide las facturas.

El sistema VERI*FACTU ya está disponible desde el 23 de abril de 2025 .

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