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Indemnización a un negocio que debe cerrar debido a unas obras comunitarias

Tienes que cerrar la peluquería durante una semana debido a las obras de sustitución de las tuberías de saneamiento de la Comunidad. ¿Existe la posibilidad de solicitar una indemnización por el cierre de negocio y otra por daños estéticos?.

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Tal y como establece el LPH art.9.1.c) el propietario de un piso o local debe consentir en su vivienda o local las reparaciones que exija el servicio del inmueble y permitir en él las servidumbres imprescindibles requeridas para la creación de servicios comunes de interés general acordados conforme a lo establecido en el LPH art.17, teniendo derecho a que la comunidad le resarza de los daños y perjuicios ocasionados.

Esta indemnización debe comprender los daños y perjuicios realmente causados, entre lo que, al tratarse de un local comercial, perfectamente cabe incluir el lucro cesante.
La prueba de este daño es bastante sencilla, en principio. Consideramos que un medio de prueba perfectamente válido sería la aportación de los libros de comercio que necesariamente debe llevar el local en los que figure el volumen de negocio del mismo periodo del año anterior (o de varios años). De este modo, sería perfectamente válida una reclamación que se correspondiera con la cifra de negocio del año anterior incrementada con el IPC, en el caso de que haya sido necesario cerrar el local o la diferencia entre lo facturado, con el incremento del IPC, en el caso de que no haya sido preciso el cierre.

Sobre los daños estéticos.

Sobre este particular ha señalado la jurisprudencia que “tampoco puede compartirse la apreciación de la recurrente de que los daños estéticos no deben ser indemnizados por ella, por cuanto su obligación se extiende a la indemnización de todos los daños que resulten originados por el siniestro, y dado que se ha probado conforme al informe pericial y declaración del perito, que los daños estéticos son derivados del siniestro y de la reparación del mismo […] vendría obligada a su reparación dado que no ha acreditado que existieran en el mercado azulejos iguales” (AP Pontevedra de 15-11-2002, EDJ 2002/71312).

Indemnización a un negocio
Local cerrado por obras de la comunidad en la calle.
La obra será evidentemente acorde al aspecto y materiales ya empleados.

En nuestra opinión debe estarse a este criterio jurisprudencial, de tal forma que la reparación y el daño ocasionado alcance a todos los producidos entre los que se encuentran los estéticos, de modo que habrá que ejecutar una obra acorde con el aspecto y naturaleza de los materiales, existentes con anterioridad a la obra.

Así las cosas, está obligada la comunidad a cambiar la solería de todo el local. Ahora bien, la obra será evidentemente acorde al aspecto y materiales ya empleados, es decir, con un carácter básico y económico si los materiales empleados originariamente así lo eran (por ejemplo, con un solado barato), o de una calidad media si la calidad del solado original tuviera este carácter.

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M
Maria

Buenos días.
Un local alquilado a una comunidad de propietarios del edificio donde tiene el negocio, dedicado a venta de ropa, tiene que cerrar unos días por una obra en la Red de saneamiento de la comunidad. La comunidad tiene que pagar el lucro cesante al local. ¿ Es posible que la comunidad obtenga del local el importe de dicho lucro cesante en ropa del local?.

N
Nieves

Hola, tengo un negocio y quieren cerrarme para hacer una obra comunitaria, tengo derecho a indemnización, gracias

c
cecilia.garcia.segador@gmail.com

Hola tengo un supermercado en un pueblo pequeño y llevan 2 semanas en obra y la calle cortada pero además hoy me an levantado la acera y no se puede pasar me van a poner unas tablas pero la gente mayor no se atreve a pasar y e bajado en ventas un 40 por cien que puedo hacer

JVG
Jose Vicente Goldar Mato

Tengo un bar en una avenida,y hace unos días empezaron hacer unas obras en la calle y me cerraron la calle y los clientes no pueden venir a mi bar,tengo derecho a alguna indemnización mi correo electrónico es Josevicentegoldar55@gmail.com

M
Marisa

Buenas tardes, tengo un comercio alquilado desde 1989, con un contrato indefinido de renta actualizada, ahora van a hacer una rehabilitación integral del edificio y no se qué derechos tengo. Si me pueden echar? con que tiempo me tenfr

JHP
Julia Herraiz Pérez

Buenas tardes, tengo un negocio y el piso que hay arriba lo acaban de vender. La nueva propietaria está reformando la cocina y el baño y quieren cambiar las tuberías por unas nuevas. Y me dice en 15 días debo dejar que entren en la tienda a hacer las obras. Esto me causa un gran perjuicio ya que tendría que cerrar por unos días y contratar a alguien que se encargará de quitar estanterías,género. Y después limpiarlo todo y colocarlo otra vez. Que derechos tengo? He de decir que el local no es mío, estoy alquilands. Gracias

C
Comentario

Interesante..lo que no tengo claro es si en el caso de ser un local alquilado el inquilino tiene derecho a dicho lucro cesante, o solamente tienen derecho a ello los propietarios.