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Claves del Impuesto sobre Sociedades 2026

Te detallamos en este artículo las novedades destacadas en el Impuesto sobre Sociedades de 2026 correspondiente al ejercicio 2025, y el plazo de presentación.

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A partir del ejercicio 2026, las entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios en el período impositivo inmediato anterior sea inferior a 1 millón de euros (microempresas, según la definición de la LIS) podrán aplicar, salvo que deban tributar a un tipo diferente un 19% sobre la parte de base imponible hasta 50.000 euros, y el 21% sobre la fracción que exceda de esa cuantía. Las entidades con INCN igual o superior a 1 millón de euros e inferior a 10 millones y que cumplan los requisitos del artículo 101 de la LIS (empresas de reducida dimensión, excluidas entidades patrimoniales), tributarán al tipo del 23%, salvo que deban tributar a un tipo diferente del general.

Para el cómputo de dichos límites, si el periodo impositivo es inferior al año, la parte proporcional se calculará conforme a los días de duración del ejercicio.

Requisito adicional importante: Para acogerse al régimen de ERD, la entidad no debe sobrepasar durante el ejercicio el umbral de 10 millones de euros de cifra de negocios, ni tener la condición de entidad patrimonial. Además, el régimen puede mantenerse durante los tres períodos impositivos inmediatos y siguientes a aquel en el que la entidad alcance la cifra de negocios de 10 millones de euros, en determinadas condiciones.

El tipo general del impuesto para las entidades no comprendidas en los apartados anteriores será del 25% .

Empresas emergentes y empresas de nueva creación

El tipo reducido del 15% es aplicable, conforme al régimen previsto, en el primer período impositivo en que la base imponible resulte positiva y en el siguiente para entidades de nueva creación, no para “pymes” en general . Para las “empresas emergentes” en el sentido de la Ley 28/2022, puede aplicarse un tipo del 15% durante el primer período impositivo con base positiva y los tres siguientes, siempre que se cumplan los requisitos legales exigidos para ser considerada como tal y se mantenga la condición . Entre estos requisitos figuran: naturaleza innovadora, antigüedad, límite de facturación, ausencia de cotización, porcentaje de trabajadores en España, no tener consecuencias penales ni incompatibilidades, y acreditación formal de la condición por ENISA u organismo competente.

Fechas clave y gestión de pagos

  • Presentación del Modelo 200 (declaración anual del IS 2025):
    La presentación del Modelo 200, que constituye la declaración anual del Impuesto sobre Sociedades correspondiente al ejercicio 2025, debe realizarse con carácter general entre el 1 y el 27 de julio de 2026 . Si el resultado de tu declaración es a ingresar y decides optar por la domiciliación bancaria para realizar el pago, ten presente que el plazo para presentarla finaliza el 22 de julio .
  • Pagos fraccionados mediante Modelo 202 :
    Los plazos de presentación son los siguientes:-Primer pago fraccionado 1-20 de abril
    -Segundo pago fraccionado 1-20 de octubre
    -Tercer pago fraccionado 1-20 de diciembre

Consideraciones adicionales y requisitos a cumplir

  • La aplicación del tipo reducido está sujeta a que no concurran causas de exclusión específicas como la consideración de entidad patrimonial, determinadas actividades, o situaciones administrativas especiales.
  • Deben conservarse y acreditar documentalmente los requisitos de ERD o microempresa conforme al art. 101 de la LIS y, para las empresas emergentes, lo que establecen la Ley 28/2022 y la circular reguladora de ENISA.
  • La estructura impositiva y los posibles incentivos fiscales (amortización acelerada, deducción por I+D+i, reserva de nivelación…) exigen actualizar los procedimientos internos de control y previsión contable para evitar contingencias fiscales por aplicación incorrecta de tipos o por la pérdida del régimen.
Impuesto sobre Sociedades 2026
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