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El acceso al paro de los fijos discontinuos

Los trabajadores fijos discontinuos ocupan un lugar singular, entre lo indefinido y lo temporal, ya que ejercen una relación laboral estable pero intermitente, vinculada a actividades cíclicas o estacionales. Te explicamos en este artículo el acceso al paro de estos trabajadores.

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España cuenta con aproximadamente 1 millón de personas en alta con contratos fijos discontinuos , y el colectivo de fijos discontinuos en inactividad, muchos de ellos apuntados al paro, se estima en torno a los 800.000 trabajadores. Estos números reflejan un crecimiento muy importante de esta forma de empleo, que se ha triplicado desde la reforma laboral y representa cerca del 6, 3% de los contratos indefinidos.

Los trabajadores fijos discontinuos alternan periodos de actividad laboral con otros de inactividad, en los que no trabajan ni cobran salario pero mantienen un vinculo contractual con la empresa . Durante estos periodos de inactividad pueden inscribirse en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) como demandantes de empleo "con relación laboral", algo que les permite tener ciertos derechos, entre ellos el acceso a la prestación por desempleo (paro), siempre que reúnan los requisitos de cotización.

Derecho al paro para los fijos discontinuos

El paro para personas con contrato fijo discontinuo funciona como una prestación por desempleo ordinaria y se activa en los periodos en los que el trabajador está inactivo y se encuentra sin trabajo, pero con contrato vigente. Para tener derecho a esta prestación, el trabajador debe haber cotizado al menos 360 días durante los últimos seis años, como cualquier otro trabajador por cuenta ajena. Te lo explicamos en el siguiente apartado.

Acceso al paro para fijos discontinuos

Los trabajadores con contrato fijo discontinuo en España tienen derecho a percibir la prestación por desempleo, conocida comúnmente como "el paro", durante los periodos de inactividad. Para acceder a esta ayuda, es fundamental seguir una serie de pasos y cumplir con determinados requisitos establecidos por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). A continuación, se detalla el proceso completo.

Requisitos para solicitar el paro

Antes de iniciar cualquier trámite, el trabajador fijo discontinuo debe asegurarse de cumplir con las siguientes condiciones:

  • Estar en situación legal de desempleo.
  • Estar inscrito como demandante de empleo.
  • Haber cotizado un mínimo de 360 días.
  • No haber cumplido la edad de jubilación ordinaria.
  • No realizar una actividad por cuenta propia o ajena a tiempo completo.
  • No cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo.

Pasos para la realizar la solicitud

El proceso de solicitud del paro para fijos discontinuos se puede resumir en los siguientes pasos:

1. Inscripción como Demandante de Empleo

Una vez finalizada la campaña o periodo de actividad, el primer paso ineludible es inscribirse como demandante de empleo en la oficina de empleo que corresponda por domicilio. Este trámite es esencial para poder solicitar cualquier prestación por desempleo.

2. Reunir la Documentación Necesaria

Para agilizar el proceso, es conveniente tener preparada toda la documentación requerida:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) o, en caso de ser extranjero, el Número de Identidad de Extranjero (NIE) y el pasaporte.
  • Tarjeta de la Seguridad Social.
  • Libro de familia o documento equivalente en caso de tener hijos a cargo.
  • Un documento bancario donde figure el número de cuenta del que el solicitante sea titular y en el que se desea recibir la prestación.
  • Certificado de empresa: La empresa está obligada a enviar este documento al SEPE por medios telemáticos. No obstante, es recomendable solicitar una copia al empleador.
  • Impreso de solicitud de la prestación contributiva: Este formulario se puede obtener en la oficina de empleo o descargarlo desde la sede electrónica del SEPE.

3. Solicitar la Prestación por Desempleo

Existen dos vías principales para presentar la solicitud:

  • Por internet: A través de la Sede Electrónica del SEPE, para lo cual es necesario disponer de DNI electrónico, certificado digital o usuario y contraseña del sistema Cl@ve. También se puede utilizar el formulario de pre-solicitud online, que no requiere identificación electrónica.
  • Presencialmente: Solicitando cita previa en la oficina de prestaciones del SEPE que corresponda. La cita se puede pedir por internet o por teléfono.

Plazo para la solicitud. El plazo para presentar la solicitud es de 15 días hábiles (no se cuentan sábados, domingos ni festivos) a partir del día siguiente al de la situación legal de desempleo. Si la empresa abona vacaciones no disfrutadas al finalizar la campaña, el plazo de 15 días comienza a contar una vez finalizado el periodo equivalente a esas vacaciones.

¿Conviene reanudar el paro anterior o solicitar uno nuevo?

Una particularidad para los trabajadores fijos discontinuos es la posibilidad de elegir entre dos opciones si han generado un nuevo derecho a paro:

  • Si se tenía una prestación por desempleo suspendida por haber iniciado la actividad, se puede optar por reanudarla por el periodo que quedaba pendiente y con la misma base reguladora .
  • Si con las nuevas cotizaciones se ha generado derecho a una nueva prestación (mínimo 360 días cotizados), se puede optar por esta nueva ayuda, perdiendo el derecho a la anterior que estaba suspendida.

El SEPE informará al trabajador de esta opción y de las cuantías y duraciones de ambas para que pueda decidir qué le resulta más beneficioso.

acceso al paro de los fijos discontinuos
Acceso al paro de los fijos discontinuos

Cálculo y duración de la prestación

La duración y la cuantía de la prestación por desempleo se calculan de la siguiente manera:

  • Duración. Depende del tiempo cotizado en los últimos 6 años. A partir de 360 días cotizados, se tiene derecho a un mínimo de 120 días de prestación, aumentando progresivamente según el periodo de cotización.
  • Cuantía. La base reguladora de la prestación se calcula con el promedio de las bases de cotización por contingencias profesionales durante los últimos 180 días de trabajo. Sobre esta base, se aplica:
    • El 70% durante los primeros 180 días de prestación.
    • El 60% a partir del día 181.

Existen cuantías máximas y mínimas establecidas anualmente, que varían en función de si se tienen o no hijos a cargo.

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