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El Tribunal Supremo anula la exigencia de presentar la declaración del IRPF por medios electrónicos

La sentencia responde a un recurso presentado por la Asociación Española de Asesores Fiscales.

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que anula la Orden del Ministerio de Hacienda HAC/277/2019, de 4 de marzo, que imponía a los contribuyentes la obligación de presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por medios electrónicos a través de Internet.

Nulidad de varios artículos de la Orden de Hacienda

El tribunal declara la nulidad de varios artículos de la Orden de Hacienda que establecían la imposición general de presentar la declaración del IRPF por medios electrónicos, sin determinar las condiciones que justificarían esta obligación. La sentencia destaca que la normativa no puede imponer la utilización obligatoria de medios electrónicos a los ciudadanos, sino que deben tener el derecho de elegir cómo relacionarse con la Administración.

Desaparición de la opción de obtener la declaración en papel

La Orden de Hacienda anulada incorpora como novedad la eliminación de la posibilidad de obtener la declaración y sus documentos en papel a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. En su lugar, se establecía la obligación de presentar la declaración por medios electrónicos a través de Internet, sin fundamentar adecuadamente las condiciones de esta imposición.

Derecho de los ciudadanos y límite a la imposición obligatoria

La Ley General Tributaria reconoce el derecho de los ciudadanos a relacionarse electrónicamente con la Administración, pero no establece la obligación de hacerlo. La sentencia destaca que la normativa no permite que el Ministro de Hacienda imponga de manera general una obligación que contradiga este derecho reconocido por la ley . Además, se enfatiza que la norma reglamentaria no puede anular el derecho de los ciudadanos, sino que debe identificar las características o circunstancias que justifiquen la imposición de la obligación de relacionarse electrónicamente.

 

declaración del IRPF por medios electrónicos
Declaración del IRPF por medios electrónicos

La sentencia también resalta que si bien la Administración tiene el deber de promover el uso de los medios electrónicos, informáticos y telemáticos para relacionarse con los ciudadanos, no puede imponer su utilización obligatoria. Es decir, la Administración puede fomentar y facilitar el uso de estos medios, pero no puede forzar a los contribuyentes a utilizarlos.

Revocación de la decisión de la Audiencia Nacional

La sentencia del Tribunal Supremo revoca la decisión previa de la Audiencia Nacional, que no había dado la razón a la Asociación de Asesores Fiscales en cuanto a la nulidad de imponer la presentación de la declaración del IRPF por medios electrónicos. Esta revocación marca un precedente importante en cuanto a la interpretación de la Ley General Tributaria y el derecho de los ciudadanos a elegir cómo presentar sus declaraciones de impuestos.

 

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