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Los nuevos permisos para el cuidado de los hijos que trae la inminente Ley de Familias

En el pasado Consejo de Ministros se ha aprobado el proyecto de ley de Familias que, entre otras medidas, añade nuevos permisos para el cuidado de hijos y personas mayores.

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Este proyecto de Ley de Familias, trata de reducir las barreras en la conciliación e incluye nuevos permisos para el cuidado de los hijos que te detallamos a continuación.

Permisos para la conciliación

En cuanto al derecho a la conciliación, se conforman tres permisos para aumentar el tiempo de cuidado que se necesita para dar apoyo a las familias.

Permiso parental de 8 semanas. Este permiso parental de 8 semanas, podrá disfrutarse de forma continua o discontinua, a tiempo completo o parcial, hasta que el menor cumpla 8 años. Aunque habrá que esperar a su aprobación y publicación en el BOE, lo que se sabe es que inicialmente no iba a ser retribuido, pero finalmente puede que sí lo sea. Además que se aplicará de forma progresiva, arrancando en 2023 con seis semanas y se llegará a las ocho semanas en 2024.

Permiso de 5 días al año. Por un lado, se establece un permiso de cuidado de 5 días al año, que se podrá utilizar en caso de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite reposo, tanto de un familiar hasta 2º grado como de un conviviente.

Permiso por causa de fuerza mayor. Este tercer permiso "por causa de fuerza mayor", que se distribuirá por horas y podrá alcanzar en total hasta 4 días al año. Este permiso busca permitir a padres y madres ausentarse del trabajo cuando haya motivos familiares urgentes e imprevisibles.

Ayuda de 100 € al mes para familias con hijos hasta los 3 años

En cuanto al apoyo a la crianza, se extenderá la ayuda de 100 euros al mes a las familias con hijos hasta los 3 años. Esta ampliación incluye a todas las madres que estén percibiendo una prestación por desempleo, contributiva o no y también a las que, sin reunir los requisitos previamente, coticen 30 días a partir del parto. Del mismo modo, se reconocerá el derecho a la atención temprana, gratuita y de calidad y no limitada a la primera infancia.

Familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza

Una vez que se apruebe la ley, más familias contarán con protección social bajo la denominación de Familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza . En esta categoría, se verán recogidas las consideradas como familias numerosas, además de las siguientes: las familias monomarentales con dos hijos; las familias con dos hijos donde un ascendiente o descendiente tenga discapacidad; las familias con dos hijos encabezadas por una víctima de violencia de género o por un cónyuge que haya obtenido la guardia y custodia exclusiva sin derecho a pensión de alimentos y las familias con dos hijos en la que un progenitor esté en tratamiento hospitalario durante un año o haya ingresado en prisión.

Por otro lado, pasarán a considerarse familia con mayores necesidades de apoyo a la crianza de categoría especial, las familias que hasta ahora eran consideradas numerosas de categoría general, como aquellas con cuatro hijos, en vez de cinco como hasta el momento; las familias con tres hijos en caso de parto múltiple, en vez de cuatro como en la actualidad, y las familias con tres hijos y bajos ingresos (hasta el 150% del IPREM).

Despido a quienes disfrutan de los permisos

Los empleados que disfrutan de permisos para cuidar a sus familiares no podrán ser despedidos, salvo por una causa justificada, y en el caso de que no la haya, este despido se considerará nulo.

 

permisos para el cuidado de los hijos
Permisos para el cuidado de los hijos

Reconocimiento de diferentes tipos de familias

El texto regula la equiparación entre los matrimonios y las parejas de hecho, garantizando que las parejas de hecho tendrán acceso a los 15 días de permiso por registro equiparables al matrimonio.

Además, el texto garantiza el pleno reconocimiento de los distintos tipos de familias que ya existen en nuestro país, equiparando sus derechos. Así, se van a reconocer legalmente a las familias LGTBI, a las familias con miembros con discapacidad, a las familias múltiples, a las adoptivas, a las reconstituidas, las acogedoras, etc.

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