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Periodificación de gastos e ingresos en el cierre de las cuentas

Cuando cierre las cuentas de 2020, no olvide periodificar los gastos e ingresos, con independencia de cuándo se satisfagan.

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Al cerrar las cuentas de 2020, no se deje gastos por contabilizar. Aunque los gastos de un año también pueden contabilizarse y deducirse en el siguiente, computarlos en el ejercicio correcto permitirá a su empresa obtener ahorros financieros, ya que el menor pago en el Impuesto sobre Sociedades se producirá un año antes.

En este sentido, esté especialmente atento a los gastos que a 31 de diciembre ya se hayan devengado pero que todavía no se hayan pagado, y periodifíquelos.

Así, por ejemplo:

  • Si el año pasado su empresa percibió algún préstamo cuyos intereses deberá satisfacer en 2021, al cerrar las cuentas de 2020 contabilice un gasto por los intereses que ya se hayan devengado en la fecha de cierre.
  • Si en su empresa las pagas extras se devengan a lo largo del año (una doceava parte cada mes), contabilice la parte devengada a final de año de cada una de las pagas extras a satisfacer en 2021.

Analice también los ingresos: puede ser que alguna partida que haya sido contabilizada como ingreso sea verdaderamente un anticipo. Por ejemplo, si su empresa ha cobrado todos los honorarios por unos trabajos que a 31 de diciembre sólo se han finalizado en un 60%.

Periodificación de gastos e ingresos en el cierre de las cuentas
Periodificación de gastos e ingresos en el cierre de las cuentas

En ese caso, su empresa podrá contabilizar el 40% restante como un anticipo, e imputarlo como ingreso en 2021, cuando esa parte del trabajo se realice.

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