Segundo pago del IRPF de 2020
Si al presentar la autoliquidación de IRPF de 2020 se acogió al régimen de fraccionamiento, recuerde que el próximo 5 de noviembre finaliza el plazo para satisfacer el 40% de la cuota a ingresar pendiente de pago.
Redactado por Apuntes&Consejos
Cuando el resultado de la declaración del IRPF resulta a ingresar, los contribuyentes pueden acogerse al fraccionamiento que ofrece Hacienda en estos casos. De esta forma, es posible hacer efectivo un 60% de la cuota a ingresar dentro del plazo legal de declaración y satisfacer el 40% restante más adelante.
Este fraccionamiento puede realizarse sin tener que abonar intereses de demora ni recargos, y tampoco deben aportarse garantías.
Pues bien, si al presentar su declaración del IRPF de 2020 optó por dicho fraccionamiento, recuerde que el próximo 5 de noviembre de 2021 finaliza el plazo para satisfacer el 40% pendiente.
A estos efectos:
- Si optó por domiciliar el pago, bastará con asegurarse de que el 5 de noviembre haya saldo suficiente en su cuenta bancaria para poder afrontar el pago ese día (Hacienda lo cargará en su cuenta en esa fecha).
- Si no optó por la domiciliación, podrá hacer efectivo este segundo pago por vía electrónica o directamente en cualquier entidad financiera hasta el 5 de noviembre. Para ello, utilice el modelo 102.

Pulseaquípara acceder al apartado de la web de la AEAT desde el que podrá cumplimentar e imprimir el modelo 102 correspondiente al IRPF de 2020.