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Representante de los trabajadores en situación de IT ¿Qué sucede con su mandato?

Te explicamos en este artículo lo que pasa con el mandato si el representante de los trabajadores está en situación de incapacidad temporal (IT) o se jubila.

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En caso de IT, la suspensión del contrato de trabajo únicamente afecta a las obligaciones recíprocas de trabajar (por parte del empleado) y de remunerar el trabajo (por parte del empleador). Por tanto, en cuanto al derecho de representación, no puede quedar suspendido y sigue plenamente vigente. Es decir, el afectado puede seguir ejerciendo de representante de los trabajadores, aunque esté de baja.

¿Actividad laboral incompatible con la situación de la baja por IT?

Los tribunales ya llevan tiempo diciendo que no toda actividad laboral es incompatible con la situación suspensiva de la baja por IT: sólo las actividades que sean susceptibles de perturbar la curación de la enfermedad. Por tanto, la suspensión del contrato de trabajo por incapacidad temporal no implica la suspensión de las facultades legales reconocidas al representante de los trabajadores. Siempre que su actividad representativa sea compatible con su IT –algo que deberá determinar el médico, y no el empresario–, el empleado podrá seguir desempeñándola.

¿Qué sucede con la representación legal de los trabajadores al jubilarse?

Los tribunales han validado recientemente la solicitud de sustitución de un miembro del comité de empresa por la jubilación de un miembro del comité de empresa con el mandato vigente. Por tanto, no es posible que un trabajador se jubile y siga ejerciendo como representante de los trabajadores. En ese caso, cuando los trabajadores pierden un representante porque se jubila, son ellos mismos quienes deben cubrir la vacante con el siguiente trabajador de la lista. Si no lo hacen y se quedan con un miembro menos, la responsabilidad no es de la empresa.

 

Representante de los trabajadores en situación de IT
Representante de los trabajadores en situación de IT

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