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¿Repartimos dividendos a cuenta antes de fin de año?

Si los resultados de tu empresa están siendo buenos, plantéate cobrar un dividendo a cuenta antes de final de año y podrás ahorrar fiscalmente.

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Dividendos a cuenta

Su empresa está obteniendo buenos resultados, de forma que el año próximo, cuando usted y sus socios aprueben las cuentas de 2017, se repartirán un dividendo. Pues bien, en lugar de cobrar todo el dividendo en 2018, plantéense cobrar una parte en 2017 (como dividendo a cuenta) y el resto en 2018.

IRPF

Los dividendos que perciban tributarán en la base del ahorro de su IRPF. Recuerde que los primeros 6.000 euros de la base del ahorro tributan al 19%, el siguiente tramo hasta 50.000 euros tributa al 21%, y el exceso de 50.000 euros tributa al 23%. Pues bien, al cobrar en dos tramos y años diferentes, conseguirán que una mayor cantidad de dividendo tribute al 19% (en lugar de a los tipos superiores).

Ejemplo. En su empresa hay cuatro socios a partes iguales. Si piensan repartir un dividendo global de 80.000 euros (20.000 euros para cada uno), vea la diferencia entre repartirlo todo en 2018 (opción 1) o repartir el 50% en 2017 y el resto en 2018 (opción 2):

ConceptoOpción 1Opción 2
Reparto 2017 (para cada socio)010.000
Coste IRPF 201701.980
Reparto 2018 (para cada socio)20.00010.000
Coste IRPF 20184.0801.980
Coste IRPF por socio4.0803.960
Coste IRPF total (cuatro socios)16.32015.840

 

Dividendos a cuenta
Dos socios haciendo trabajos de papiroflexia

Requisitos necesarios

Para distribuir el dividendo a cuenta, los administradores deben formular un balance en el que se justifique que existe liquidez suficiente. La cantidad a distribuir no podrá exceder de la cuantía de los resultados obtenidos desde el fin del último ejercicio deducidas las pérdidas procedentes de ejercicios anteriores, las cantidades que deban dotarse a reserva legal (el 10% del beneficio) y una estimación del impuesto a pagar sobre dichos resultados.

Conclusión. Al distribuir los dividendos en dos ejercicios distintos conseguirá que una mayor parte de éstos tribute al tipo más bajo aplicable (el 19%).

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