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Quiero contratar a mi hija para que trabaje conmigo este verano ¿Qué debo tener en cuenta?

La contratación de familiares durante el verano es un tema que involucra diversas consideraciones legales, especialmente para autónomos y empresas. Te lo contamos en este artículo.

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Modalidades de contratación de familiares

Contratación como trabajadora por cuenta ajena. Se permite la contratación de familiares directos (hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad) como trabajadores por cuenta ajena, pero existen restricciones. Por ejemplo, si el familiar mayor de 30 años convive con el empresario y está a su cargo, no se le considera trabajador por cuenta ajena, sino que debe ser dado de alta como autónomo colaborador.

Sin embargo, hay excepciones: los hijos menores de 30 años pueden ser contratados como trabajadores por cuenta ajena, independientemente de la convivencia. Esta misma regla se aplica a hijos mayores con discapacidad reconocida.

Autónomo colaborador. Si el familiar convive con el empresario, y tiene 30 años o más, debe ser contratado como autónomo colaborador. Esto significa que el familiar no tiene la consideración de trabajador por cuenta ajena y debe estar dado de alta en el régimen de autónomos .

Contrato de formación en alternancia. Esta modalidad es especialmente interesante para la contratación de familiares, ya que permite a los autónomos contratar a sus hijos menores de 30 años con un coste salarial reducido y bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social. Esta opción es válida tanto si existe convivencia como si no.

Requisitos para la contratación

Justificación de la Contratación. Es recomendable presentar una declaración que justifique la contratación ante la Seguridad Social, especialmente si se trata de un familiar que convive con el empresario.

Relación Laboral. Para demostrar que existe una relación laboral válida (en caso de no cumplir con las condiciones para ser autónomo colaborador), es fundamental probar que no hay convivencia ni dependencia económica entre el empresario y el familiar en familiares mayores de 30 años.

Bonificaciones vigentes para contratar a un familiar

Contrato de Formación en Alternancia. Desde el 1 de septiembre de 2023, el contrato de formación en alternancia sigue siendo la opción más interesante para los autónomos que desean contratar a sus hijos menores de 30 años. Esta modalidad permite aplicar una bonificación mensual de 199 € en los seguros sociales durante toda la vigencia del contrato.

Además, existen las bonificaciones en concepto de tutorización del contrato de formación en alternancia. La empresa recibirá una bonificación adicional mensual de entre 60 y 80 €.

Si sumamos esta cantidad a la bonificación de los Seguros Sociales, la cuota fija por Seguridad Social que pagan estos contratos (que en 2024 es de 180, 54 €), estaría totalmente bonificada.

Condiciones especiales para hijos con discapacidad. Los autónomos pueden contratar a sus hijos mayores de 30 años con discapacidad reconocida de al menos el 33% bajo el contrato de f ormación en alternancia, beneficiándose de las mismas bonificaciones.

 

contratación de familiares
Contratación de familiares en verano

Derogación de Bonificaciones Anteriores

La bonificación del 100% en las contingencias comunes durante 12 meses para la contratación indefinida de familiares (cónyuge, ascendientes, descendientes y otros parientes hasta el segundo grado) ha sido derogada. Esta bonificación estuvo vigente hasta el 31 de agosto de 2023.

 

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