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Procedencia de un despido por incumplimiento del horario y uso abusivo de dispositivos móviles personales

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha dictado una sentencia que refuerza el control empresarial sobre el cumplimiento de la jornada laboral. Te lo contamos en este artículo.

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El alto tribunal ha confirmado la procedencia del despido disciplinario de una trabajadora del sector de la limpieza en Gran Canaria, tras desestimar el recurso de suplicación que la empleada había interpuesto contra una sentencia previa. El fallo judicial valida la decisión de despido de la empresa, que se fundamentó en el incumplimiento sistemático de los horarios y el uso abusivo de dispositivos móviles personales durante las horas de servicio.

El impacto de las redes sociales en el rendimiento profesional

Uno de los pilares fundamentales que sostiene esta sentencia es el uso injustificado de aplicaciones de entretenimiento y comunicación durante el horario de trabajo. La investigación interna de la empresa, cuyos hechos han sido declarados como probados, reveló que la trabajadora dedicaba una media diaria de una hora y seis minutos a consultar redes sociales como Instagram y WhatsApp. Este comportamiento contravenía de forma directa la cláusula cuarta de su contrato laboral, la cual prohibía explícitamente el uso del teléfono móvil particular salvo en situaciones de urgencia debidamente justificadas, lo que supone una transgresión de la buena fe contractual.

Despido por excesos en los descansos y desidia en las tareas asignadas

Más allá del uso de la tecnología, el tribunal ha tenido en cuenta la prolongación indebida de los periodos de descanso. La trabajadora, que desempeñaba sus funciones en la limpieza de edificios y locales bajo un contrato indefinido a tiempo parcial, excedía habitualmente el tiempo estipulado para el desayuno o el almuerzo. Las ausencias detectadas no solo superaban los diez minutos adicionales de forma recurrente, sino que en diversas ocasiones alcanzaban hasta los 45 minutos de abandono del puesto. Esta conducta, sumada a reiteradas faltas de puntualidad, fue calificada por la empleadora como una muestra evidente de desidia y falta de interés en el desarrollo de sus responsabilidades.

Despido por incumplimiento del horario y uso abusivo de dispositivos móviles
Despido por incumplimiento del horario y uso abusivo de dispositivos móviles

Un respaldo judicial a la disciplina y la productividad laboral

La resolución judicial concluye que los errores frecuentes en la ejecución de tareas periódicas no eran incidentes aislados, sino la consecuencia directa de una falta de implicación profesional. Al confirmar la sentencia del Juzgado de lo Social Número 6 de Las Palmas de Gran Canaria, el TSJC subraya que el despido disciplinario es una medida proporcional cuando se demuestra un abandono de las funciones y una vulneración de las normas internas aceptadas por contrato. Este caso sirve como recordatorio sobre los límites de la flexibilidad laboral y la importancia de respetar los tiempos de trabajo efectivo frente a las distracciones personales.

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