Fiscal  - 

Plazos de presentación de las cuentas anuales

Próximamente su empresa deberá depositar las cuentas anuales en el Registro Mercantil. Por tanto, le interesa recordar los plazos de su presentación.

Redactado por
(0) Escribir comentario

Las cuentas anuales se deben formular dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio. Así, si su empresa cerró 2016 el 31 de diciembre, el plazo para redactar las cuentas comprende hasta el 31 de marzo de 2017.

Los socios deben reunirse durante los seis primeros meses del ejercicio para aprobar las cuentas y aplicar el resultado. Es decir, en el caso del ejemplo anterior, tienen de plazo máximo hasta el 30 de junio.

Por último, deberá depositar las cuentas anuales en el Registro Mercantil de su provincia dentro del mes siguiente al de su aprobación.

Los comentarios están cerrados