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Pasos para cobrar el paro del autónomo

La Ley 32/2010 estableció un sistema específico de protección por el cese de actividad de los trabajadores por cuenta propia, el conocido paro del autónomo.

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La entrada en vigor de esta Ley respondía a una demanda que reivindicaban los trabajadores autónomos desde hacía años, pues consideraban que el sistema de la Seguridad Social no les ofrecía ningún tipo de cobertura en caso de verse obligados a cerrar la empresa y, consecuentemente, encontrarse en situación de desempleo.

Sin embargo, la legislación aprobada no iguala las prestaciones al desempleo entre los trabajadores por cuenta propia y los trabajadores por cuenta ajena. Los requisitos, cuantías y duración de las prestaciones por desempleo son diferentes. Los trabajadores autónomos que deseen beneficiarse de una prestación por desempleo deben cumplir una serie de requisitos .

paro del autónomo
Trabajadora autónoma

Requisitos para solicitar el paro del autónomo

En primer lugar, es necesario estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y afiliado a la Seguridad Social. Además, la edad del solicitante no puede ser superior a la edad de jubilación, excepto en el caso de no haber llegado al mínimo de cotización necesario para poder jubilarse.

Uno de los requisitos que ha generado mayor controversia ha sido el de acreditar el cese de actividad, ya que, según han denunciado diferentes colectivos, la documentación exigida ha dificultado en gran medida el acceso a la prestación.

Por ejemplo, para acreditar el cese de actividad por motivos económicos, productivos, técnicos u organizativos, se debía presentar una declaración jurada del motivo del cese y la documentación probatoria del motivo especificado, como pueden ser documentos de carácter fiscal que prueben que se han tenido pérdidas superiores al 10 % anual .

Hay que tener en cuenta que no todas las personas que trabajan por cuenta propia tienen derecho a cobrar el paro del autónomo. Para ello, es necesario haber ingresado al menos durante 48 meses la cotización voluntaria por cese de actividad . Dicha cotización debe haberse producido de manera continuada al menos durante los 12 meses anteriores a la solicitud, y suponer un 2.2 % adicional sobre la base imponible.

Muchos trabajadores autónomos deciden no adscribirse a esta cotización voluntaria porque, generalmente, el paro del autónomo es una cuantía muy baja y de corta duración. La base de cotización se calcula en función de la cuota de autónomo y la duración de la prestación depende del tiempo de cotización, correspondiendo al tiempo mínimo de 12 meses, una duración de la prestación de 2 meses. El tiempo máximo que un autónomo puede cobrar el paro es de 12 meses, para lo cual tiene que haber cotizado un mínimo de 4 años.

 

Duración de la prestación

La duración de la prestación económica está en función de losperíodos de cotización efectuados dentro de los 48 meses anteriores a la situación legal de cese de actividad, con arreglo a la siguienteescala:
Período de cotización
meses
Período de protección
meses
(hasta 59 años)
Período de protección
meses
(a partir de 60 años)
De 12 a 1722
De 18 a 2334
De 24 a 2946
De 30 a 3558
De 36 a 42610
De 43 a 47812
De 48 en adelante1212

 

La dureza de los requisitos, así como las bajas cuantías, son los motivos que explican el bajo porcentaje de trabajadores que solicitan el paro del autónomo.



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