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Para calcular el paro de los autónomos el tipo mínimo de cotización es del 2,2%

La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) dice que procede aplicar el tipo mínimo de cotización del 2,2% para calcular el paro de los autónomos.

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La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) cree que es correcto aplicar el tipo mínimo de cotización (2, 2%) que establece la ley para calcular la cotización por cese de actividad de los autónomos, porque si se aplica la fórmula que establecen los Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2017 el tipo de cotización es inferior a este mínimo.

La prestación por cese de actividad de los autónomos (el paro de los autónomos) se financia de forma exclusiva con la recaudación que el sistema obtiene con la cotización que, de forma voluntaria, realizan los trabajadores por cuenta propia que apuestan por cotizar por cese de actividad.

Anualmente, para garantizar la sostenibilidad financiera del paro de los autónomos, en la Ley de PGE cada año se revisa esta cotización por cese de actividad teniendo en cuenta la evolución de los ingresos y gastos del sistema. Además, en los Presupuestos se establece un tope máximo y mínimo de cotización.

Según la AIReF, no hay riesgos de la sostenibilidad financiera del paro de autónomos "a medio plazo", a pesar de la reducción del número de cotizantes, que ha estado motivada por la entrada en vigor de la voluntariedad en esta cotización y por la mejora de la actividad económica.

 paro de los autónomos
Trabajador autónomo tras calcular lo que le queda de paro

Sin embargo, la entidad considera que en el medio plazo habría que plantearse la posibilidad de ampliar el periodo que se tiene en cuenta para calcular el tipo de cotización, ya que considerar un mayor número de años en la evolución de ingresos y gastos, cuando la prestación tenga más trayectoria en su aplicación, reduciría el efecto "procíclico" de la actual fórmula, que depende tanto del desempleo como del comportamiento del mercado laboral.

La AIReF también ha propuesto que se publique de forma anual en el 'Informe Económico Financiero de los Presupuestos del Sistema de Seguridad Social' las series de datos necesarios para estimar el tipo de cotización y el resultado obtenido.

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