Usted y su socio quieren reducir al máximo los gastos. Por esa razón han pensado constituir ustedes mismos la sociedad.
Vea si ello es posible y cómo deben hacerlo.
Constitución de sociedad
Es cierto que se puede constituir una SL a través de Internet y que ustedes mismos pueden realizar ese trámite:
- Pueden hacerlo a través del portal del Centro de Información y Red de Creación de Empresas CIRCE (http://portal.circe.es, apartado Tramitación telemática / Creación y cese de empresas).Tras darse de alta como usuario, podrán constituir su sociedad rellenando el Documento Único Electrónico (DUE).
- Para realizar toda la tramitación sólo necesitarán disponer de un certificado digital (es aconsejable que utilice el de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) y obtener previamente el certificado de denominación de la sociedad.Recuerde que pueden obtener una denominación de forma inmediata a través de la Bolsa de Denominaciones del Registro Mercantil Central (http://www.rmc.es).
Coste.De esta forma, podrán constituir su SL con un coste mínimo:
- Una vez envíen el DUE por Internet, sólo necesitarán comparecer ante el notario que hayan elegido y firmar la escritura de constitución.El notario solicitará el NIF a Hacienda y enviará la escritura al Registro Mercantil. Una vez inscrita, el DUE se registra automáticamente en Hacienda y en la Seguridad Social, por lo que la SL ya quedará dada de alta.
- Los únicos gastos serán los del certificado de denominación y los honorarios de notario y Registro (que también son reducidos en estos casos).Por tanto, por unos 200 euros en total aproximadamente pueden tener su SL.
Atención al Emprendedor
Aunque este procedimiento es rápido y barato, deben rellenar diversos formularios para poder generar y enviar el DUE.Puede que necesiten asesoramiento para completar toda esa información (por ejemplo, para saber las obligaciones fiscales de la SL, o el régimen de Seguridad Social en que se deben dar de alta los socios que trabajen en la empresa).
PAE.Por eso, una alternativa es que acudan a un Punto de Atención al Emprendedor (PAE):
- Los PAE pueden ser constituidos por organismos públicos (cámaras de comercio, ayuntamientos…), notarías o entidades privadas (las asesorías también pueden ser PAE).Enhttp://www.minetad.gob.es, apartado Industria y PYME, encontrará un buscador de PAE de toda España.
- En el PAE también pueden realizar esos trámites telemáticos, desplazándose sólo para firmar la escritura.En todo caso, pidan presupuesto: los trámites de constitución de la SL son gratuitos (sólo deberán pagar el certificado de denominación y los honorarios de notario y Registro), pero el PAE puede cobrar por asesorarles o por otros servicios adicionales.
Ustedes mismos pueden constituir su SL de forma rápida a través del portal del CIRCE, pagando sólo los gastos de notario y Registro. No obstante, también pueden hacerlo a través de un Punto de Atención al Emprendedor (PAE).
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