Comunicación comercial
Requisitos.
Si quiere enviar publicidad de sus productos o servicios por vía electrónica (e-mail, sms…), debe cumplir estos requisitos:
- Debe obtener el consentimiento previo y expreso de cada uno de sus destinatarios. Apunte. Este requisito no es necesario si el destinatario ya es cliente de su empresa y usted le envía publicidad de productos similares a los que le compró anteriormente.
- Además, debe facilitar a los destinatarios (en el momento de recoger los datos y en cada comunicación comercial que les envíe) un mecanismo gratuito y sencillo para que puedan oponerse a recibir este tipo de correos.
Ejemplo. Usted obtiene direcciones electrónicas de usuarios que se registran en su web, que después utiliza para enviarles publicidad por e-mail. En este caso, incluya en su web una cláusula informando de que los datos se utilizarán para enviar información comercial de sus productos, y añada una casilla no premarcada que el usuario deba marcar para autorizar dicho envío. Asimismo, en cada e-mail comercial que envíe, indique una dirección de correo electrónico (por ejemplo, “baja@xxx.es”) en la que el destinatario pueda manifestar su oposición a seguir recibiendo este tipo de correos publicitarios.
¿Qué se considera comunicación comercial?
A estos efectos, se considera “comunicación comercial” cualquier comunicación dirigida a promocionar sus productos y servicios o la imagen de su empresa. Por ejemplo:
Si un fabricante de muebles envía un catálogo de sus productos, u ofrece la compra de un nuevo producto que ha lanzado al mercado, existirá una comunicación comercial.
También se tratará de una comunicación comercial si un hotel envía un e-mail informando a los destinatarios de un evento que se va a celebrar en sus instalaciones.
Aunque no existe una oferta directa de sus servicios, éstos sí se están promocionando, pues se pretende que el destinatario asista a ese evento.
Por tanto, antes de enviar comunicaciones electrónicas de este tipo compruebe si dispone del consentimiento previo y expreso del destinatario (salvo que exista una relación contractual previa que justifique el envío de publicidad relacionada con el producto contratado y se haya informado antes de la posibilidad de utilizar sus datos para enviar publicidad sobre estos productos). El envío ilícito de un solo e-mail se puede sancionar con hasta 30.000 euros (aunque estas sanciones suelen ser de entre 900 y 3.000 euros, y a veces sólo hay un apercibimiento sin sanción). Y si el envío es masivo, la sanción puede ser superior.
Errores Frecuentes
Si envía mensajes comerciales o promocionales a través de WhatsApp, también es necesario que cuente con el consentimiento previo del destinatario y que le ofrezca un mecanismo gratuito y sencillo para que pueda oponerse a recibir este tipo de mensajes.
Algunas webs permiten que, tras efectuar una compra, el usuario cumplimente un formulario bajo el nombre “invitar a un amigo”.
Dado que la acción se realiza desde una plataforma de la empresa, también es preciso contar con el consentimiento del destinatario.
Para enviar comunicaciones comerciales por medios electrónicos (e-mail, sms, WhatsApp…) necesita el consentimiento del destinatario, excepto si ya es cliente de su empresa y le envía publicidad de productos similares a los que ya compró.