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Juicio monitorio para reclamar una deuda

Puede que en ocasiones usted se haya encontrado ante la situación de que un cliente no ha hecho frente a la deuda que había contraído con su compañía. Este hecho puede tener consecuencias muy graves y la solución es la celebración de un juicio monitorio.

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Modelo Normalizado de Proceso Monitorio

Juicio monitorio: pasos a seguir

Este tipo de juicio es un procedimiento rápido para poder reclamar las deudas a aquellos clientes que no paguen. Cuenta con la ventaja de que si se reclaman cuantías menores a 2000 euros el procedimiento resulta gratuito.
Además, su duración es relativamente corta ya que solo abarca ocho meses, mientras que, por norma general, cualquier tipo de juicio puede extenderse muchísimo más.
Dicho esto, se enumeran los diferentes requisitos que hay que cumplir para poder comenzar este procedimiento .

Requisitos de la deuda

La deuda que se reclama debe cumplir una serie de requisitos. El primero de ellos es que sea dineraria . Es decir, que se cuantifique en dinero en sentido estricto. Por tanto, usted no podrá reclamar mediante este proceso los deberes de hacer algo o de dar algún objeto, sino que, por el contrario, solo podrá hablarse de dinero.
Por otro lado, debe estar vencida . Es decir, su plazo debe haber transcurrido y no tratarse de una deuda de futuro. También debe ser exigible, para lo cual no puede depender de contraprestación ni tiene condiciones.
Y, por último, ha de ser determinada o líquida, es decir, que la suma de dinero sea concreta o que esta se calcule con una operación matemática.

juicio monitorio
Juicio Monitorio

Documentos necesarios

Deberá usted contar con alguno de los siguientes documentos que se mencionan para poder empezar este proceso judicial:

- Documentos firmados por el deudor y que tengan su sello o marca.

- Facturas, albaranes de entrega, certificaciones ... que documenten los créditos y deudas que se mantengan con el deudor.

- Documentos comerciales que den fe de una relación comercial anterior y duradera.

- Certificaciones de impago de la cuantía en cuestión.

Presentando en un juzgado cualquiera de estos documentos podrá comenzar el proceso jurídico para obligar al deudor a que pague la cuantía que se le reclama.

Juzgado al que hay que dirigirse

Otra de las dudas que puede tener es la del juzgado al que le corresponda llevar estos asuntos. Pues bien, el competente suele ser el juzgado de primera instancia del lugar de residencia del deudor.

En el caso de que la deuda se deba a impago de cuotas de una comunidad de propietarios, será esta la que elija el lugar donde se curse la demanda. Podrá elegir el de residencia del deudor o el de la comunidad.

Proceso del juicio monitorio

También es importante que usted conozca cómo se desarrollará el procedimiento judicial .

Primera fase: petición

En este primer paso, el acreedor deberá hacer una petición al deudor siguiendo el modelo normalizado de juicio monitorio, que puedes descargar en la parte inferior del artículo.
En este documento se incluirá la identidad del deudor, los datos del domicilio o domicilios del acreedor y deudor o el lugar donde residen y pueden encontrarse.
También se incluirá la suma que se debe y el origen de la misma. Y, por último, se añadirán aquellos documentos que demuestren la existencia de dicha deuda .
Cabe destacar que para presentar esta petición no será necesario que lo haga un abogado o un procurador . Mediante el modelo mencionado anteriormente cualquier ciudadano puede hacerlo por su cuenta.

Segunda fase: requerimiento de pago

Una vez que se tramite la petición y esta sea aceptada, el secretario judicial notificará al deudor el comienzo de este proceso para que este pague la deuda en un plazo máximo de veinte días hábiles.

Una vez que esto se lleve a cabo pueden darse varias situaciones :

- Que el deudor pague : si el deudor abona el dinero según lo ordena el juzgado este caso se archivará una vez que se pueda justificar dicho pago.

- Que el deudor no pague ni se presente en el juzgado : si se pasa el plazo y el deudor no abona la cantidad ni alega en el juzgado por qué no puede hacerle frente, se declarará terminado el proceso. Esto significará que el acreedor tendrá total libertad de embargar bienes, nóminas, cuentas corrientes, vehículos...

- Que el deudor se oponga a la petición mediante comparecencia en el juzgado. Este deberá aportar los motivos por los que no reconoce esa deuda y el proceso seguirá hasta aclararse por completo.

- Que el deudor no esté en el domicilio : si no reside en la dirección facilitada por el acreedor se consultará su lugar de residencia. Si está en el término judicial se le entregará la petición y si no, el juicio se archivará.

Como puede ver, el juicio monitorio es una manera rápida y sencilla de reclamar aquellas deudas que los clientes contraigan con usted. Si ya ha agotado las vías extrajudiciales esta es la mejor opción.

Modelo Normalizado de Proceso Monitorio

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joentevi

Muy completo respecto a su orden de actuación, pero debiera complementarse con la Jurisprudencia destacable existente.