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El paro del autónomo ya es rechazado en el 60% de las ocasiones

Aunque es obligatorio para todos cotizar por el denominado "paro de los autónomos", la prestación por cese de actividad es rechazada en el 60% de las ocasiones.

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Desde la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) se califica este mecanismo del paro del autónomo, como el "gran fiasco del sistema de protección social", y esta afirmación no es un mero juicio de valor, sino que se sustenta en datos oficiales que revelan una tasa de rechazo de solicitudes que roza el 60%, lo que evidencia una brecha insalvable entre el esfuerzo contributivo exigido al colectivo y la protección real que recibe en momentos de vulnerabilidad.

Comparativa de resoluciones de cese de actividad (2023-2025)

Para comprender la magnitud del problema, es necesario observar la tendencia de las resoluciones administrativas en los últimos ejercicios, donde se aprecia un endurecimiento progresivo en los criterios de concesión.

Año de Referencia Solicitudes Presentadas Solicitudes Denegadas Tasa de Rechazo (%) Contexto Administrativo
202319.88510.36052, 1%

Consolidación reforma RD 13/2022

202423.86010.52744, 1%

Ligera flexibilización post-revisión

2025 (Oct)14.3008.30358, 8%

Incremento de la rigurosidad técnica

2025 (Cierre est.)~14.500~8.50060, 0%

Récord negativo de cobertura real

La oscilación en la tasa de rechazo indica que, lejos de normalizarse, el acceso a la prestación se ha convertido en una carrera de obstáculos burocráticos. La causa principal de este fenómeno radica en la dificultad de acreditar las causas objetivas del cese, especialmente los motivos económicos.

Evolución legislativa

La prestación por cese de actividad fue regulada inicialmente por la Ley 32/2010, de 5 de agosto, naciendo con un carácter voluntario y una baja tasa de adhesión.El cambio fundamental se produjo con el Real Decreto-ley 28/2018, que estableció la obligatoriedad de cotizar por esta contingencia para todos los autónomos integrados en el RETA a partir del 1 de enero de 2019.

La reforma de 2022 y la cotización por Ingresos Reales

El Real Decreto-ley 13/2022 transformó el modelo, vinculando las bases de cotización a los rendimientos netos reales obtenidos por el trabajador.Esta norma no solo buscaba una mayor justicia contributiva, sino que también introdujo nuevas modalidades de cese de actividad, incluyendo el cese temporal parcial, diseñado para evitar el cierre definitivo de negocios que atraviesan dificultades coyunturales.

Sin embargo, la implementación de estas mejoras ha estado lastrada por una reglamentación que exige estándares de prueba que muchos autónomos consideran desproporcionados. La ley establece que el cese debe ser "involuntario" y estar debidamente acreditado mediante alguna de las causas tipificadas, lo que diferencia radicalmente este sistema del seguro de desempleo de los asalariados, donde la baja en la seguridad social por despido es prueba suficiente.

Análisis de las causas de denegación

La alta tasa de denegación se articula sobre cuatro ejes principales que actúan como filtros excluyentes en la práctica administrativa de las mutuas colaboradoras.

1. Incorrecta Acreditación de la Causa ETOP

La mayoría de los rechazos se deben a la falta de justificación documental de los motivos económicos, técnicos, organizativos o de producción (ETOP).Para alegar motivos económicos en un cese total, la ley exige demostrar pérdidas superiores al 10% de los ingresos obtenidos en un año completo, excluyendo explícitamente el primer año de actividad.

Esta exclusión del primer año genera una vulnerabilidad extrema para los nuevos emprendedores. Si un negocio resulta inviable a los diez meses de su apertura, el titular no puede utilizar esas pérdidas para acceder a la prestación, a pesar de haber cotizado desde el primer día.Además, para los autónomos que tributan por módulos, la acreditación de la caída de ingresos es particularmente compleja debido a la naturaleza simplificada de su contabilidad, lo que a menudo lleva a las mutuas a desestimar sus pruebas por falta de rigor contable.

2. Período de Carencia y Cotización Insuficiente

El derecho a la prestación exige haber cubierto un período mínimo de cotización de 12 meses continuados e inmediatamente anteriores a la situación de cese.En 2025, se registraron cientos de rechazos debidos únicamente a que el autónomo no alcanzó este umbral mínimo, a menudo por cierres prematuros o por interrupciones en la actividad que rompieron la continuidad exigida.

3. Deudas con la Seguridad Social

Estar al corriente en el pago de las cuotas es un requisito sine qua non para el reconocimiento del derecho.No obstante, existe el mecanismo de la "invitación al pago", por el cual la entidad gestora concede un plazo de 30 días naturales para que el autónomo regularice cualquier descubierto.Muchos trabajadores, sumidos en crisis de liquidez severas, no logran reunir el capital necesario para ponerse al día en ese plazo, lo que invalida automáticamente su solicitud de ayuda.

4. Voluntariedad del Cese

La Seguridad Social es extremadamente rigurosa al discernir si el cese es voluntario. Cualquier indicio de que el cierre ha sido una decisión discrecional del trabajador, y no una imposición del mercado o de circunstancias externas, conduce a la denegación.Esto genera situaciones de indefensión cuando un autónomo decide cerrar para evitar una deuda mayor, pero la administración interpreta que el negocio aún era "salvable" según criterios estrictamente contables.

Pobreza del autónomo y protección para mayores de 52 años

Otro de los datos más alarmantes proporcionados por el Observatorio Económico del Trabajo Autónomo de UPTA es que el 25% de los autónomos españoles viven en situación de pobreza.Existen más de 500.000 trabajadores por cuenta propia cuyos rendimientos netos son inferiores a los 900 euros mensuales, una cifra sensiblemente inferior al Salario Mínimo Interprofesional vigente en el empleo por cuenta ajena.

Una de las demandas más persistentes en 2025 y 2026 es el reconocimiento de un subsidio para autónomos mayores de 52 años. Se estima que más de 60.000 trabajadores en esta franja de edad se encuentran en riesgo de exclusión tras cerrar sus negocios, ya que no tienen derecho a la ayuda asistencial que sí perciben los asalariados tras agotar su prestación contributiva. UPTA y UATAE defienden que cotizar lo mismo que un asalariado debe implicar tener los mismos derechos.

paro del autónomo
Paro del autónomo
Paro del autónomo

La justicia obliga a un cambio de criterio

Ante la rigidez de la administración, los tribunales han comenzado a dictar sentencias que podrían obligar a una reforma profunda del sistema. El Juzgado de lo Social Nº4 de Santander emitió una sentencia (recurso 834/2022) estableciendo que un autónomo tiene derecho al cese de actividad aunque no haya sufrido pérdidas del 10%, siempre que justifique que su negocio genera ingresos tan bajos que hacen inviable la vida digna del titular y el pago de sus obligaciones laborales.

Este criterio judicial abre la puerta a que miles de solicitudes denegadas en 2025 por no cumplir el "umbral aritmético" de pérdidas puedan ser recurridas con éxito.La jurisprudencia está reconociendo que la inviabilidad económica es un concepto dinámico que no puede reducirse únicamente a un balance negativo en las cuentas anuales.

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