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Bases de cotización para 2020

El Gobierno ha aprobado en el RDL 18/2019 del 27 de diciembre, una serie de medidas relacionadas con las pensiones y las cotizaciones de los trabajadores. Te mostramos a continuación las más destacadas.

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En esta norma se establece provisionalmente, que desde el 1 de enero de 2020 y hasta que esté aprobada una nueva Ley de Presupuestos Generales del Estado, quedarán revalorizadas las pensiones de Seguridad Social y mantendrán el mismo importe que tuvieran reconocido a 31 de diciembre de 2019, manteniéndose asimismo las cuantías de pensiones y prestaciones, así como los límites de ingresos aplicables.

Sin embargo en el RDL establece que una vez aprobada la Ley de presupuestos para 2020, la revalorización de las pensiones y de las demás prestaciones públicas producirá efectos desde el 1 de enero de 2020.

Bases máximas y mínimas de cotización 2020

También se establece que las cuantías del tope mínimo y máximo y de la base de cotización en el sistema de Seguridad Social serán las establecidas en elartículo 3 del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre.

Quedando los topes Mínimos en 1.050, 00 €/mes y el Tope Máximo en 4.070, 10 €/mes

Se mantiene la cotización en el Sistema Especial de Empleados de Hogar establecido en el Régimen General de la Seguridad Social y la cotización en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios establecido en el Régimen General de la Seguridad Social.

Bases de cotización de Trabajadores autónomos

Las bases mínimas de cotización de los trabajadores por cuenta propia o autónomos del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos y de los trabajadores autónomos incluidos en el grupo primero de cotización al que se refiere elartículo 10 de la Ley 47/2015, de 21 de octubre (EDL 2015/179578), reguladora de la protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero, mantendrán las cuantías:

  • La cuota mínima mensual para autónomos desde 01/01/2020, sobre la base mínima de cotización en 2020 ha quedado fijada en: 944, 40 €/mes con una cuota mínima de 286, 15 €/mes.
  • La cuota máxima mensual para autónomos, sobre la base máxima de cotización en 2020 ha quedado fijada en: 4.070, 10 €/mes con una cuota máxima de 1221, 03 €/mes.

Y según la ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, la cuota para aquellos trabajadores autónomos societarios y autónomos que hayan tenido más de 10 trabajadores por cuenta ajena en el ejercicio anterior, les correspondería una base de cotización mínima de 1.214, 08 €/mes con una cuota mínima de 367, 84 €/mes.

También se mantienen los tipos de cotización aplicables a los trabajadores por cuenta propia o autónomos del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos y a los trabajadores autónomos incluidos en el grupo primero de cotización al que se refiere elartículo 10 de la Ley 47/2015, de 21 de octubre (EDL 2015/179578), reguladora de la protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero.

Además, se mantienen las bases y tipos de cotización en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios, establecido en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, seguirán siendo las establecidas en elartículo 9 del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre.

Otra de las cuestiones que se han incluido en este RDL es que se suspende la aplicación del sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan disminuido de manera considerable la siniestralidad laboral para las cotizaciones que se generen durante el año 2020.

bases de cotización 2020
Bases de cotización para 2020
La cuota para aquellos trabajadores autónomos societarios y autónomos que hayan tenido más de 10 trabajadores por cuenta ajena en el ejercicio anterior, les correspondería una base de cotización mínima de 1.214,08 €/mes con una cuota mínima de 367,84 €/mes.

Salario Mínimo Profesional

Respecto al Salario Mínimo Profesional y hasta que no se apruebe el real decreto por el que se fije un nuevo salario mínimo interprofesional para el año 2020, queda prorrogado en 900€/mes.

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PL
Paco López.

Son prácticamente idénticas a las de 2019, yo creo que las van a revisar ¿no?