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Cesión de trabajadores: su legalidad

El ordenamiento jurídico español solo la permite cuando se haya producido una contrata o subcontrata.

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La cesión de trabajadores, en el ordenamiento jurídico español, se encuentra regulada por el Estatuto de los Trabajador.

Su artículo 43 especifica en qué casos es permitida la cesión del trabajador y en cuáles no lo está. Asimismo, en los apartados de dicho artículo se recogen los criterios jurisprudenciales, que respaldan los conceptos de cesiones legales e ilegales y los efectos que, en cada uno de los casos, afectan tanto a los trabajadores como a las empresas.

¿La legalidad o ilegalidad de la cesión del trabajador?

A grandes rasgos, hay que partir de la prohibición de la cesión de los trabajadores. El ordenamiento jurídico español solo la permite cuando se haya producido una contrata o subcontrata . Por lo tanto, toda cesión de trabajadores que no se produzca bajo una de estas figuras constituirá una cesión ilegal de trabajadores.

En primer lugar, vale la pena destacar qué supuestos aparecen asociados a las cesiones ilegales de trabajadores. Básicamente, se tiene que producir alguna de estas circunstancias:

- El objetivo del contrato de servicios entre la empresa cedente y la cesionaria se reduce a la mera puesta a disposición de los empleados por parte de la primera en favor de la segunda.

- Asimismo, cuando la empresa que cede los empleados no tenga una actividad u organización propia y estable, no disponga de los recursos oportunos para llevar a cabo sus actividades o no lleve a cabo las tareas naturales que competen a los empresarios.

Por otra parte, la cesión ilegal de los trabajadores puede darse entre dos empresas reales y entre una real (la cesionaria) y otra aparente o ficticia (la cesionaria). La existencia de la cesión depende de la constatación de una interposición, dado que las cesiones fraudulentas no constituyen todos los casos posibles de cesiones ilegales.

En contraposición a estos supuestos de cesiones ilegales, la jurisprudencia facilita identificar los que implican la existencia de una modalidad de contrata. Se distinguen por estos criterios, que se complementan y no se excluyen:

- Justificación técnica.

- Autonomía de la finalidad.

- Existencia de recursos productivos propios.

- Utilización de poderes empresariales.

- Información de naturaleza económica que demuestra la realidad empresarial de la empresa contratista, tales como su patrimonio, capital y solvencia.

Ejemplo de cesiones legales

A continuación, se citan algunos supuestos de cesiones legales de trabajadores que se admiten en el Derecho del Trabajo nacional:

- El Estatuto de los Trabajadores valida las cesiones de los empleados por parte de las empresas de trabajo temporal cuyas actividades hayan sido autorizadas.

- Las de los empleados de los puertos por parte de la Sociedad Anónima de Gestión de Servicios Portuarios (SAGEP). Dichos trabajadores están adscritos a una regulación laboral especial.

- Las de quienes trabajan en las cooperativas agrarias y son destinados a los campos de sus socios.

- Las de los empleados discapacitados que, en virtud de las gestiones de los centros especiales de empleo y la regulación que les afecta, pasan a trabajar en las empresas ordinarias.

En definitiva, una guía que facilita conocer cuándo la cesión de trabajadores es considerada legal o ilegal.

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Dc
Domingo castaño

Tengo una empresa centro especial de empleo y deseo ceder operarios a otra empresa normal, mi pregunta es si es legal