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Mejoras en la fiscalidad para autónomos

Está previsto que en este mes de octubre se apruebe la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, que puede mejorar algún aspecto económico de los trabajadores por cuenta propia.

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Aunque, si su texto aprobado, en principio, por el Congreso de los Diputados, no es modificado por enmiendas en el Senado, dejará pendientes algunas aspiraciones de los mismos y con una regulación poco concreta otras.

En cuanto a tributación, se pretende que sean gasto deducible las primas de seguro de enfermedad satisfechas por el autónomo, en la parte correspondiente a su propia cobertura y a la de su cónyuge e hijos menores de 25 años que convivan con él, con el límite máximo de 500 euros por cada una de las personas señaladas anteriormente o de 1.500 euros si están afectadas de discapacidad. También, si afecta parcialmente su vivienda habitual al desarrollo de la actividad económica, el importe de los suministros de dicha vivienda, tales como agua, gas, electricidad, telefonía e Internet, en el porcentaje resultante de aplicar el 30 % a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total, salvo que se pruebe un porcentaje superior o inferior. Así como los gastos de manutención del propio contribuyente ocasionados en el desarrollo de la actividad económica, siempre que se produzcan en establecimientos de restauración y hostelería y se abonen utilizando cualquier medio electrónico de pago, con los límites cuantitativos establecidos reglamentariamente para las dietas y asignaciones para gastos normales de manutención de los trabajadores.

 

 

 

 

 

Mejoras fiscales a Autónomos
Trabajador Autónomo

En este último asunto el legislador, como otras muchas veces, muestra desconocimiento de la realidad y no valora las consecuencias de la aplicación de la norma.

Por un lado, no establece condiciones que impidan el abuso en los gastos de manutención y, por otro, se olvida del gasto que, por tener que utilizar vehículos, soportan algunos colectivos de autónomos . La ley del IRPF sólo considera esos gastos para los agentes comerciales o los representantes de comercio, pero hay otros que si no utilizaran vehículos no podrían realizar su trabajo.

Un ejemplo, entre otros, son los veterinarios ecografistas que han de realizar su labor en las granjas o ganaderías donde son requeridos y han de transportar los aparatos necesarios para ello.

 

 

 

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