Incapacidad permanente absoluta: ¿Cuándo empiezan los efectos económicos?
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha aclarado que los efectos económicos de una incapacidad permanente absoluta deben fijarse en el momento en que se constatan las limitaciones definitivas. Esta doctrina asegura que el trabajador no se vea perjudicado por retrasos administrativos cuando su dolencia se agrava o se confirma posteriormente.
Redactado por Espacio PymesLa fecha de efectos económicos en la incapacidad permanente absoluta
El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que unifica doctrina respecto al momento en que deben comenzar los efectos económicos de una pensión de incapacidad permanente absoluta. Este fallo analiza un caso donde el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) denegó inicialmente la incapacidad por no alcanzar el grado requerido, basándose en un informe médico de diciembre de 2021.
Posteriormente, un Juzgado de lo Social de Santander estimó la demanda del trabajador, fijando la fecha de efectos económicos en noviembre de 2022. Esta decisión se fundamentó en un nuevo informe médico que certificaba el agravamiento de las dolencias del solicitante, alcanzando en ese momento la situación que impedía el desempeño de cualquier profesión u oficio.
Unificación de criterio ante el agravamiento de lesiones
El Alto Tribunal ha confirmado que, en supuestos donde una resolución administrativa deniega la prestación pero esta es posteriormente reconocida en sede judicial tras constatarse nuevas lesiones o un agravamiento de las existentes, los efectos económicos deben referirse a la fecha en que se produce dicha constatación. El Supremo argumenta que esta es la fecha real del hecho causante, evitando así alterar el esquema clásico o perjudicar al beneficiario con retrasos injustificados.
"Entendemos que en el supuesto de que una resolución administrativa deniegue la prestación de incapacidad permanente e, impugnada la misma ante la jurisdicción social, recaiga un tiempo después sentencia reconociendo un grado de incapacidad al haberse constatado que, por aparición de nuevas lesiones o agravación de las existentes, se ha alcanzado una situación en la que resulta imposible realizar el trabajo habitual o cualquier tipo de trabajo, los efectos económicos de dicho reconocimiento deben quedar referidos a la fecha en la que se entienda que se ha producido la situación que da lugar a dicha incapacidad permanente", establece el Supremo.
Esta interpretación es aplicable tanto cuando se pasa de una denegación inicial a un reconocimiento de incapacidad, como en aquellos casos donde la resolución administrativa reconoce un grado inferior y la sentencia judicial determina uno superior. El objetivo es garantizar que la protección del trabajador sea coherente con su realidad clínica en el momento en que esta impide efectivamente su capacidad laboral.

Memento Social
Para profundizar en la gestión de las prestaciones y los detalles técnicos de este tipo de resoluciones, puedes consultar el Memento Social de Lefebvre, donde encontrarás toda la información necesaria sobre el régimen jurídico de las incapacidades permanentes.
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