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Reconocido el permiso parental retribuido de ocho semanas por cuidado de hija menor de 8 años

En un fallo histórico, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Cuenca ha reconocido por primera vez en España el derecho de una trabajadora a disfrutar de un permiso parental retribuido de ocho semanas.

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Esta sentencia, ganada por los servicios jurídicos de la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), marca un precedente significativo en la aplicación de la Directiva europea (UE) 2019/1158 , que establece este derecho.

La trabajadora, empleada pública del Hospital Virgen de la Luz en Cuenca, había solicitado inicialmente un permiso parental de cuatro semanas para el cuidado de su hija menor de ocho años . Sin embargo, la Gerencia de Atención Integrada (GAI) de Cuenca denegó su solicitud, argumentando la falta de desarrollo reglamentario de la directiva europea en la legislación española.

La jueza encargada del caso fundamentó su decisión en que las disposiciones de la Directiva europea son "incondicionales, suficientemente claras y precisas", y que el permiso parental debe ser retribuido. Además, criticó al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) por el retraso en el desarrollo reglamentario, subrayando que la trabajadora no debe sufrir las consecuencias de dicha demora.

El fallo también destaca que España no ha traspuesto la directiva antes del plazo correspondiente, lo que llevó a la Comisión Europea a expedientar a España por incumplimiento. En respuesta, CSIF ha celebrado esta sentencia pionera y ha anunciado que promoverá reclamaciones similares en otros ámbitos de las administraciones públicas para crear jurisprudencia sobre esta cuestión.

 

permiso parental retribuido de ocho semanas
Permiso parental retribuido de ocho semanas

El Gobierno, por su parte, aprobó en junio de 2023 un decreto que evita el desarrollo de esta prestación con carácter retribuido . Sin embargo, existen enmiendas al Proyecto de Ley de función pública de la Administración General del Estado, para que el permiso parental para el cuidado de hijos menores acogidos sea retribuido en dos semanas.

Esta sentencia representa un avance crucial en la lucha por los derechos laborales y la conciliación familiar en España, y pone de relieve la necesidad de una rápida adaptación de la normativa nacional a las directivas europeas para garantizar la protección de los derechos de los trabajadores.

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