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Reformas en local comercial sin permiso comunitario si no afectan la estructura del edificio

La Audiencia Provincial de Oviedo falla a favor del propietario de un local comercial que realizó obras de acondicionamiento sin el consentimiento de la comunidad de propietarios.

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En un reciente caso, una comunidad de propietarios de Oviedo demandó al dueño de un local comercial situado en el sótano del edificio por realizar obras de acondicionamiento sin su permiso. La comunidad alegaba que las obras afectaban a un cuarto trastero que consideraban elemento común y que el propietario había anexionado a su local. Además, solicitaban que se declarase ilegal la modificación de un hueco en la fachada posterior del inmueble para convertirlo en puerta transitable sin el consentimiento de la comunidad .

Sin embargo, la Audiencia Provincial de Oviedo ha desestimado la demanda tras analizar las pruebas presentadas. El tribunal no ha encontrado evidencia de la existencia de un trastero comunitario en la planta baja del edificio. Respecto a la obra en la fachada, el tribunal ha determinado que la sustitución del portón de acceso al local no ha afectado la estructura, configuración o estado exteriores del edificio ni su seguridad.

No ha habido obras que afecten a la estructura del edificio

Según el informe del arquitecto técnico que dirigió la obra, la única intervención realizada fue la sustitución del portón por deterioro, reemplazándolo por uno nuevo de aluminio. El tribunal concluye que no se ha producido ni la ampliación del hueco de apertura ni la habilitación de un acceso rodado a la vía pública.

Esta sentencia resalta la importancia de diferenciar entre obras que afectan a la estructura o elementos comunes del edificio y aquellas que simplemente acondicionan un local comercial sin alterar la configuración general del inmueble. En este caso, la sustitución del portón de acceso se considera una obra menor que no requiere la autorización de la comunidad de propietarios.

Reformas en local comercial
Reformas en local comercial

Esta decisión de la Audiencia Provincial de Oviedo aclara algunos de los límites de la competencia de las comunidades de propietarios en cuanto a las reformas en locales comerciales.

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