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Obligaciones tributarias durante el estado de alarma

La AEAT ha publicado notas explicativas y ha puesto en marcha servicios de ayuda relativos a la presentación de autoliquidaciones durante el estado de alarma.

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En primer lugar, ha puesto en marcha un servicio de ayuda para facilitar la presentación del modelo 303 para aquellos autónomos que, debido al estado de alarma por el COVID-19, tienen dificultad para acceder a las vías de asistencia y no pueden acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria por permanecer cerradas.

Pulse aquí para acceder al nuevo servicio de ayuda.

Por otro lado, ha habilitado un formulario web especial para que los autónomos puedan presentar predeclaraciones en formato PDF durante el estado de alarma (ya que no es posible su presentación en papel). Esto será posible en caso de comunicaciones, solicitudes, declaraciones y autoliquidaciones a devolver o a compensar o negativas de los siguientes modelos: 036, 037, 111, 121, 122, 130, 131, 140, 143, 147, 150, 210, 213, 247, 303, 309, 695, Solicitud de aplicación del régimen opcional para contribuyentes personas físicas residentes en otros Estados Miembros de UE, y Solicitud de devolución por exención por reinversión en vivienda habitual de no residentes.

Pulse aquí para acceder a una nota informativa de la AEAT con información más detallada sobre este nuevo formulario web.

Obligaciones tributarias
Obligaciones tributarias durante el estado de alarma

Por último, han sido publicadas unas instrucciones sobre cómo solicitar los nuevos aplazamientos de seis meses para deudas tributarias de hasta 30.000 euros.

Pulse aquí para acceder a dichas instrucciones.

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