Empresa  - 

Bonificaciones por formación: que no caduquen

En general, el crédito para gastar en formación caduca a final de año. Por tanto, aprovéchelo y no deje que caduque.

Redactado por
(0) Escribir comentario

Si su empresa tiene empleados por cuenta ajena, dispone de un crédito para gastar en formación. En concreto, si tiene menos de seis trabajadores dispone de un crédito total de 420 euros. Si tiene más trabajadores, el crédito se calcula, dependiendo del tamaño de su empresa, aplicando un porcentaje sobre las cotizaciones por formación profesional efectuadas en el año anterior. Ello en base a la siguiente escala:

  • De 6 a 9 trabajadores: dispone del 100% de las cotizaciones.
  • De 10 a 49: dispone del 75%.
  • De 50 a 249: dispone del 60%.
  • A partir de 250: dispone del 50%.

Pues bien, el crédito para gastar en formación en 2020 caduca el 31 de diciembre, salvo si en el primer semestre del año comunicó a la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo su intención de acumular dicho crédito formativo al de los dos años siguientes (las empresas de menos de 50 trabajadores tienen la opción de acumular su crédito anual al de los dos ejercicios siguientes). Por tanto, si no optó por la acumulación, verifique de cuánto crédito dispone para gastar antes de final de año y aprovéchelo para formar a su plantilla.

 

Bonificaciones por formación
Bonificaciones por formación: que no caduquen

Además, aunque su empresa haya tramitado un ERTE, la ley prevé que durante las suspensiones de contratos o las reducciones de jornada se debe promover el desarrollo de acciones formativas para los trabajadores afectados. Por tanto, los afectados por ERTE también pueden acceder a los cursos formativos bonificados.

El crédito no caduca si en el primer semestre comunicó su intención de acumularlo al de los dos años siguientes.

COMENTAR ESTA NOTICIA

Desde Espacio Pymes no disponemos de un servicio gratuito de asesoramiento, por lo que tu comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesitas una respuesta profesional, te recomendamos realices tu pregunta desde el siguiente [enlace] desde donde podrás establecer un contacto privado con un abogado.

Muchas gracias.

Enviar comentario